Inspección en materia de vivienda - Inspección de vivienda protegida o libre.
N°9077
Realizar la función inspectora en materia de vivienda por parte de la inspección de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Presentación de la solicitud
Contacto y ayuda
- Teléfono. Inspección vivienda 976 716 525
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. Lunes, martes y jueves de 7:30 a 17:30 h, miércoles de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00 h.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN
Normativa
Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida.
Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
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Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
No hay plazo de resolución, sí que hay plazo para la presentación de la documentación, que es de 15 días hábiles.
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