Vivienda protegida o libre
En plazo permanente
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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En plazo permanente
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Este es un trámite de oficio , es decir, que solo puede ser iniciado por personal de la administración.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas o entidades requeridas podrán aportar la documentación solicitada por parte de la Dirección General de Vivienda, encargada de la inspección de vivienda protegida o libre.
Dirigido a
- Ciudadanía
- Empresas y organizaciones
- Administración
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Resolución
No hay plazo de resolución, sí que hay plazo para la presentación de la documentación, que es de 15 días hábiles.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Finalización de la tramitación
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No hay plazo de resolución, sí que hay plazo para la presentación de la documentación, que es de 15 días hábiles.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Inspección vivienda. 976 716 525
Correo electrónico. Inspección vivienda. inspeccionvivienda@aragon.es
Teléfono. Inspección de vivienda. 976 716 841
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón
-
Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón
-
Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida
Normativa general
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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