Inscripción de plazas de toros portátiles
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se solicita la autorización y funcionamiento de una plaza de toros portátil en Aragón al inscribirse en el Registro de Plazas de Toros Portátiles de Aragón.
Existen dos tipos de plazas de toros: de categoría A, en las que podrán autorizarse la celebración de cualquier tipo de espectáculo taurino previsto en la normativa aplicable; y las de categoría B, en las que podrán autorizarse solamente becerradas, novilladas sin picadores, toreo cómico y festejos taurinos populares.
Dirigido a
- Titulares de plazas de toros portátiles que pretendan utilizarlas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Ser titular (persona natural o jurídica) de una plaza de toros portátil.
- Reunir la plaza y las instalaciones que la conforman, las condiciones técnicas y de seguridad e higiene requeridas por la normativa vigente, lo que se acreditará mediante la aportación de:
- Proyecto suscrito por Arquitecto, Arquitecto Técnico o Aparejador, y visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que quede acreditado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.
- Diseño y cálculo de la estructura debidamente detallados, indicando además el método utilizado para su resolución y en el que se concreten los siguientes datos:
- Estudio de evacuación de las personas, de acuerdo con los criterios establecidos en la Norma Básica de la Edificación y Condiciones de Protección Contra Incendios (NBE-CPI) en vigor, y normativa reglamentaria general aplicable a los espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Protocolo técnico de montaje de la plaza de toros portátil que recoja pormenorizadamente todas y cada una de las operaciones que, a juicio del técnico y del fabricante, sean necesarias realizar para asegurar una correcta y adecuada instalación de la estructura.
- Protocolo de mantenimiento y conservación de la plaza de toros portátil que recoja pormenorizadamente las labores de mantenimiento mínimas que sean necesarias llevar a cabo para garantizar las condiciones de resistencia iniciales de la estructura de la plaza, así como el tiempo estimado de vida de aquellos elementos esenciales que tengan carácter perecedero, tales como los tableros de los asientos y la pintura de protección de la estructura, entre otros.
Pago de tasas
Modelo 503. Tarifa 06
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Proyecto suscrito
De acuerdo con la competencia que legalmente les corresponda, por Arquitecto, Arquitecto Técnico o Aparejador, y visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que quede acreditado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en este Reglamento y demás normativa aplicable. A tal fin el proyecto técnico deberá constar, como mínimo, de memoria, planos y presupuesto.
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2. Diseño y cálculo de la estructura
Debidamente detallados indicando además el método utilizado para su resolución y en el que se concreten los siguientes datos: Cuantía y tipos de cargas introducidas en el cálculo. Hipótesis de cargas y métodos de cálculo. Justificación de los materiales previstos. Solicitaciones resultantes. Características de los nudos: hipótesis previstas. Dimensiones y características de los elementos estructurales obtenidos en los cálculos. Descripción de la estructura, detallando la ejecución material de los nudos, la manera de conseguir el tipo de empotramiento previsto, u otro similar, y las características de los apoyos en el terreno. Descripción del tipo de anclaje de los soportes y manera concreta de solucionar sus apoyos y los desniveles que en su caso pueda presentar el terreno en el que se pretenda instalar la plaza con indicación de sus límites y su resolución técnica.
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3. Estudio de evacuación de las personas
De acuerdo con los criterios establecidos en la Norma Básica de la Edificación y Condiciones de Protección Contra Incendios (NBE-CPI) en vigor, y normativa reglamentaria general aplicable a los espectáculos públicos y actividades recreativas, reflejando expresamente los siguientes datos: Recorridos de evacuación, en función de la ocupación y aplicando las hipótesis de bloqueo previstas en la normativa aplicable. Aforo de la plaza, teniendo en cuenta las condiciones y requisitos exigibles en el presente Reglamento acerca de las anchuras mínimas de los pasos de acceso, escaleras, pasillos y localidades. Características de puertas, pasillos y escaleras. Resistencia al fuego, al menos de la clase M-O, de los materiales de la plaza de toros portátil debidamente certificada. Protocolo técnico de montaje de la plaza de toros portátil. Protocolo de mantenimiento y conservación de la plaza de toros portátil que recoja pormenorizadamente las labores de mantenimiento mínimas que sean necesarias.
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4. Tasa administrativa 03
Modelo 503. Tarifa 06 debidamente cumplimentada y abonada en cualquier banco o caja de ahorros, remitiendo junto con este escrito el ejemplar correspondiente a la Administración.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Obligatoriedad de la inscripción registral y validez de la misma:
- La inscripción en el Registro tendrá carácter obligatorio para todas aquellas plazas de toros portátiles que pretendan instalarse en la Comunidad Autónoma de Aragón. A tal fin, la empresa titular de la plaza deberá solicitar su inscripción, con una antelación mínima de un mes a la celebración de cualquier espectáculo taurino, acompañando la documentación indicada en el apartado Documentación.
- La inscripción de la plaza de toros portátil y de su titular tendrá una validez de cinco años, al cabo de los cuales se podrá solicitar y obtener por su titular la renovación de la inscripción por igual periodo, siempre que se acredite el cumplimiento de las condiciones de seguridad y solidez de la plaza que fueren exigibles por la normativa aplicable en el momento de la solicitud de la renovación.
Clases de plazas de toros portátiles: Las plazas de toros portátiles se clasifican en las siguientes categorías:
- De categoría A, considerándose como tales aquellas plazas de toros en las que pueden autorizarse la celebración de cualquier tipo de espectáculo taurino previsto en la normativa aplicable, y
- De categoría B, en las que podrá autorizarse solamente becerradas, novilladas sin picadores, toreo cómico o festejos taurinos populares.
Inspección técnica:
- Las plazas de toros portátiles inscritas en el Registro deberán someterse periódicamente a una inspección técnica al objeto de comprobar el mantenimiento de los requisitos y condiciones de seguridad de la plaza establecidos en el Reglamento y demás normativa de general aplicación.
- La inspección técnica deberá realizarse cada dos años en las plazas de categoría A y cada tres años en las de categoría B, a contar desde la fecha de inscripción en el Registro o desde la fecha en que se realizó la ultima inspección técnica. De no aportarse en el mes siguiente al vencimiento de los plazos anteriores la certificación de dicha inspección, expedida por una entidad o laboratorio acreditado, se procederá a la cancelación de la inscripción de la plaza de toros portátil en el Registro, previa la substanciación del correspondiente procedimiento administrativo.
Autorización de instalación y apertura: Las plazas de toros portátiles que pretendan utilizarse en la celebración de espectáculos taurinos requerirán de la previa autorización de instalación y apertura otorgada por el ayuntamiento del municipio en cuyo término se pretenda instalar. A tal fin, por el organizador del espectáculo taurino se deberá solicitar la autorización de instalación y apertura ante el Ayuntamiento correspondiente con una antelación mínima de quince días hábiles a la fecha prevista para la celebración del espectáculo taurino. La obtención de la licencia de instalación y apertura de la plaza será necesaria cada vez que se instale ésta y por el periodo que en la precitada autorización se establezca."
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 443
Correo electrónico. espectaculospublicos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Decreto 15/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles
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Decreto 124/2004, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 15/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles
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Decreto 71/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de Festejos taurinos populares, aprobado por el Decreto 226/2001, de 18 de septiembre, el Reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, aprobado por el Decreto 15/2003, de 28 de enero, y el Reglamento de Escuelas taurinas de Aragón, aprobado por el Decreto 16/2003, de 28 de enero, el Reglamento de Espectáculos taurinos, aprobado por Decreto 223/2004, de 19 de octubre.
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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