Comunicación final
Fuera de plazo - Del 01/01/2025 al 31/12/2025
El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 01/01/2025 al 31/12/2025
El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite la empresa comunica a la autoridad laboral la finalización del periodo de consultas, con o sin acuerdo, de la solicitud del Mecanismo RED.
Dirigido a
- Empresas
Requisitos
- Sea activado el Mecanismo por el Consejo de Ministros.
- Las empresas (todas en el caso de Mecanismo RED Cíclico o las del sector en el caso de Mecanismo RED Sectorial) podrán solicitar voluntariamente a la autoridad laboral la reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo, mientras esté activado el Mecanismo, en cualquiera de sus centros de trabajo y en los términos previstos en este artículo. (Art 47. Bis 3 ET).
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/01/2025 a las 00:00 h
Fin: 31/12/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
7 días naturales desde la comunicación de la conclusión del periodo de consultas.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Documentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Comunicación Final
Documento que contenga: 1.-Personas, grupos profesionales, puestos y niveles salariales afectados, determinando en cada caso si la medida es de reducción de jornada diaria, semanal, mensual o anual o de suspensión de contrato. 2.- Período dentro del cual se va a llevar a cabo la aplicación de las medidas de reducción de jornada o suspensión del contrato, dentro del límite establecido por el acuerdo de activación. 3.- Porcentaje máximo de reducción de jornada diaria, semanal o mensual acordado para cada una de las personas, grupos profesionales, puestos o niveles salariales afectados, así como del número máximo de días de suspensión de contratos a aplicar en cada caso.
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2. Personas trabajadoras con fecha de afectación
Para la correcta aplicación de las bonificaciones por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, sugerimos utilizar este modelo de Excel que ha sido validado conjuntamente con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
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3. Plan de recualificación definitivo
El plan de recualificación podrá incorporar entre sus contenidos las acciones formativas a las que se refiere la disposición adicional vigesimoquinta del Estatuto de los Trabajadores.
-
4. Actas de Reuniones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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7 días naturales desde la comunicación de la conclusión del periodo de consultas.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. trabajo@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65. 50006
Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta. 44001
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
-
Orden PJC/1472/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, de conformidad con el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para el sector de la fabricación de vehículos de motor.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
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