ERTE/ERE: Expedientes de regulación de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) - Comunicación
N°2000
A través de este trámite, las empresas podrán presentar ante la autoridad laboral los expedientes de regulación de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en empresas con centros de trabajo y trabajadores afectados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dirigido a
- Empresas
- Trabajadores
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria
Explicando las causas, acompañando a estos efectos toda la documentación que a su derecho convenga y particularmente, si la causa aducida por la empresa es de índole económica, la documentación debidamente auditada acreditativa del estado y evolución de su situación económica, financiera y patrimonial en los tres últimos años, y si son de índole técnica, organizativa o de producción, los planes, proyectos e informes técnicos justificativos de la causa, medidas a adoptar y sus expectativas de repercusión en cuanto a la viabilidad futura de la empresa.
Documento con relación y datos de trabajadores afectados
Número y categorías de los trabajadores empleados habitualmente durante el último año, así como de los trabajadores que vayan a ser afectados, criterios tenidos en cuenta para designar los trabajadores que vayan a ser afectados y período a lo largo del cual está previsto efectuar las extinciones de los contratos de trabajo.
Plan de acompañamiento social
En empresas de cincuenta o más trabajadores, plan de acompañamiento social que contemple las medidas adoptadas o previstas por la empresa en orden a evitar, así como atenuar sus consecuencias para los trabajadores que finalmente resulten afectados, tales como, entre otras, aquellas dirigidas especialmente a la readaptación o a la reconversión de los trabajadores y su posible integración en otros puestos de trabajo en el seno de la empresa o grupo de empresas, así como aquellas que favorezcan el mantenimiento de puestos de trabajo de carácter indefinido o la redistribución de la jornada de trabajo entre los trabajadores empleados y otras de análoga naturaleza.
Solicitud del Informe
Escrito de solicitud del informe a que se refiere el artículo 64.1.4.a y b, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, a los representantes legales de los trabajadores.
Modelo de decisión empresarial
Descargar modelo Modelo de decisión empresarialRelación de trabajadores afectados
Descargar modelo Relación de trabajadores afectadosFin periodo consultas suspensión/reducción
Descargar modelo Fin periodo consultas suspensión/reducción
Información adicional
Preguntas frecuentes ERTES ETOP
Más información sobre regulación de empleo en Aragón
Sobre el presente trámite: el período de consultas tienen una duración mínima si no se llega a acuerdo de 30 días en expedientes de extinción de empresas de más de 50 trabajadores o 15 días días naturales en el resto de los casos . Si la regulación afecta a dos o más provincias el órgano competente es la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social.
Consulte el número de expediente asignado por la Autoridad Laboral al ERTE. El listado se irá actualizando continuamente. El número de expediente ERTE se deberá comunicar al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados.
Si quiere iniciar un ERTE/ERE por fuerza mayor (y no por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) el trámite adecuado es el siguiente: ERTE/ERE por fuerza mayor: solicitud de constatación de fuerza mayor en los procedimientos de regulación de empleo
Para más información: trabajo@aragon.es
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 720
- Correo electrónico. trabajo@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 720
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65, C.P.50006
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta, C.P. 44001
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco,6,2ª planta, C.P. 22071
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL
Normativa
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
- Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Sin fecha de vencimiento
En plazo
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