Declaración responsable de establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las empresas titulares de establecimientos hoteleros que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura y clasificación.

Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.


Dirigido a

  • Empresas titulares de establecimientos hoteleros

Requisitos

  • Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 1º (Hoteles y Hoteles-Apartamento) se establecen en los artículos 8 a 48 del Decreto 14/2018,de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos Balnearios en Aragón.
  • Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 2º (Hostales) se establecen en los artículos 49 a 54 del Decreto.
  • Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 3º (Pensiones) se establecen en los artículos 55 al 59 del Decreto.
  • Los requisitos de los complejos turísticos Balnearios se establecen en el artículo 79.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Inmueble

    Documento que incorpore el título que acredite la disponibilidad del inmueble para alojamiento hotelero.

  • 2. Proyecto o planos

    Proyecto o planos finales a escala 1:100, firmados por técnico competente.

  • 3. Planos resto de instalaciones

    Plano conjunto visado a escala 1:500, cuando los bloques o conjuntos de apartamentos turísticos cuenten con instalaciones deportivas, anexos, jardines, aparcamientos y similares.

  • 4. Prevención de incendios

    Documento que acredite el cumplimiento de las medidas mínimas de prevención de incendios según establezca la normativa. vigente.

  • 5. Accesibilidad

    Certificación que acredite el cumplimiento de la normativa vigente en materia de promoción de la accesibilidad y eliminación de las barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Validación de NIF de un contribuyente


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos: una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a tres meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:

- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.

- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.

- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción."

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

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