Declaración responsable de apartamentos turísticos
N°82
A través de este trámite, las empresas titulares de apartamentos turísticos que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura.
Igualmente es posible comunicar otras acciones como la modificación de datos o el cese de actividad.
Dirigido a
- Empresas titulares de apartamentos turísticos
Requisitos
- Persona física o jurídica titular de inmueble que cumpla con las características establecidas en la normativa básica.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración responsable disponibilidad de documentación específica exigible
En caso de modificación o reforma sustancial del establecimiento, que no haya sido puesta a disposición con anterioridad.
Anexo Formulario Apartamentos Turísticos
Descargar modelo Anexo Formulario Apartamentos Turísticos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Declaración responsable de disponibilidad de documentación
Plano conjunto visado
A escala 1:500, cuando los bloques o conjuntos de apartamentos turísticos cuenten con instalaciones deportivas, anexos, jardines, aparcamientos y similares.
Certificación de sanidad sobre potabilidad y depuración de agua
Así como evacuación de residuales, en el caso de que los establecimientos no estén conectados a la red urbana de abastecimiento y depuración de aguas.
Certificación acredite cumplimiento medidas mínimas
Prevención de incendios según establezca la normativa vigente.
Certificación que acredite el cumplimiento de la normativa vigente
En materia de promoción de la accesibilidad y eliminación de las barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación.
Proyecto o planos finales visados
A escala 1:100, firmados por técnico competente.
Documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica
Del titular de la propiedad y de la explotación.
Documento que incorpore el título
Que acredite la disponibilidad del inmueble para apartamento turístico.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Información adicional
Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos.
Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.
Posibilidad de conciliación y subsanación previa a la incoación del procedimiento sancionador.
Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a tres meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:
- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.
- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.
- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 482
- Correo electrónico. Sección de Turismo de Zaragoza, turismospz@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Normativa
Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón ,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón
Decreto 167/2013, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los apartamentos turísticos en Aragón
Decreto 167/2013, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los apartamentos turísticos en Aragón. Corrección de errores
Orden de 11 de febrero de 2014 del Consejero de Economía y Empleo, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos y trámites en materia de turismo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
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