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Declaración de lesividad de actos anulables en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

N°8871

Tramitación de un procedimiento administrativo para declaración de lesividad de actos anulables en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR).

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Obligados tributarios del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales y personas que hayan sido sancionadas por infracción tributaria en materia de dicho impuesto.

Información adicional

Transcurrido el plazo de 3 meses desde la iniciación del procedimiento sin que se hubiera declarado la lesividad se producirá la caducidad del mismo.

La declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurridos cuatro años desde que se notificó el acto administrativo a que se refiera.

Presentación de la solicitud

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde el acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento.

Saber más sobre el silencio administrativo

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