Convocatoria 2026

Trámite 11445

Plazo pendiente de definir

Aún no es posible presentar el trámite

Trámite11445

Plazo pendiente de definir

Aún no es posible presentar el trámite

Detalles del trámite

A través de este trámite se pueden presentar solicitudes para optar a las siguientes modalidades de ayudas: ayudas a la producción (creación de una obra musical en las fases de edición y grabación), ayudas para giras y actuaciones fuera de Aragón, ayudas a la distribución y difusión de la música, y ayudas a la programación musical en salas de gestión privada.


Requisitos

  • Estar dadas de alta en el IAE en alguno de los siguientes epígrafes:
    • Actividades profesionales relacionadas con la música: 031, 032, 033, 039.
    • Actividades empresariales. Servicios recreativos y culturales: 9651, 9654, 9691.
    • Actividades empresariales. Agencia de colocación de artistas: 983.
  • Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo pendiente de definir

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Certificado IAE

    Certificado de situación en el censo del IAE en que conste el alta en alguno de los epígrafes 031, 032, 033, 039, 9651, 9654, 9691 o 983.

  • 2. Presupuesto del proyecto

    Presupuesto de gastos, desglosado por partidas y calculado sin I.V.A., del proyecto o actividad para la que solicita la subvención, es decir, de todos los gastos que supone la realización del proyecto o la actividad para la que se solicita la ayuda. En el caso de que en el presupuesto se incluyan gastos generales, podrá imputarse como máximo un 10% de los costes directos del presupuesto.

  • 3. Plan de financiación

    Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones de recursos propios por parte de la entidad o persona solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto. Deberán incluirse también los ingresos que genere la realización de la actividad subvencionada.

  • 4. Relación de documentación en poder de la Administración

    Documentos que ya han sido aportados ante el Departamento concedente, sobre los que no se han producido modificaciones.

  • 5. Autorización verificación datos residencia (modalidades producción y giras)

    Deberá aportarse una autorización por cada una de las personas aragonesas que participan en el proyecto para verificar que residen en Aragón.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

- El importe de la convocatoria es de 400.000 €, de los que se reservan 60.000 € a la modalidad de producción, 45.000 € a las giras y actuaciones fuera de Aragón, 35.000 € a difusión y distribución y 260.000 € a programación musical en salas de gestión privada.

- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 € en ninguna de las modalidades ni superar los 12.000 € en la modalidad de producción, distribución y difusión, 15.000 € en la modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón y a 35.000 € en la modalidad de programación musical en salas.

- El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.

-El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos generados por la propia actividad, así como otros ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

- Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2025 y el 13 de noviembre del 2026.

- Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.

: 0 / 65000

: 0 / 280

: 0 / 280

Servicio de información y registro

Horario:  lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.