Comprobación limitada en materia del Impuesto sobre la contaminación de las aguas

Trámite Nº6316

Plazo pendiente de definir

Aún no es posible presentar el trámite

TrámiteNº6316

Plazo pendiente de definir

Aún no es posible presentar el trámite

Este es un trámite de oficio , es decir, que solo puede ser iniciado por personal de la administración.

Detalles del trámite

Tramitación de un procedimiento administrativo para la comprobación de los hechos, actos, elementos, actividades, explotaciones y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria en materia del Impuesto sobre la contaminación de las aguas.


Requisitos

  • Que concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Cuando en relación con las autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos o solicitudes presentadas por el obligado tributario, se adviertan errores en su contenido o discrepancias entre los datos declarados o justificantes aportados y los elementos de prueba que obren en poder de la Administración tributaria. b) Cuando en relación con las autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos o solicitudes presentadas por el obligado tributario proceda comprobar todos o algún elemento de la obligación tributaria. c) Cuando de acuerdo con los antecedentes que obren en poder de la Administración, se ponga de manifiesto la obligación de declarar o la realización del hecho imponible o del presupuesto de hecho de una obligación tributaria sin que conste la presentación de la autoliquidación o declaración tributaria.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo pendiente de definir

Puedes realizar este trámite de manera:

Resolución

6 meses desde el acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Transcurrido el plazo de 6 meses desde la iniciación del procedimiento sin que se hubiera notificado la resolución se producirá la caducidad del mismo.

El procedimiento terminará por alguna de las siguientes formas: a) Resolución expresa de la Administración. b) Caducidad. c) Inicio de un procedimiento inspector que incluya el objeto de la comprobación limitada.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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