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Ayudas para la elaboración de planes de igualdad - Convocatoria 2021

N°1924

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para la elaboración e implantación, por primera vez, de planes de igualdad.

Estas ayudas están dirigidas a pequeñas y medianas empresas y entidades sin ánimo de lucro, siempre que dispongan de centros de trabajo abiertos en Aragón.

Plazo de presentación

Del 08/06/2021 al 21/06/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las empresas y entidades sin ánimo de lucro, cuya plantilla se encuentre entre 25 y 49 personas trabajadoras que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo, siempre y cuando no se encuentren obligadas en virtud de convenio colectivo

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas y, en su caso, estar debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.
  • Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Haber inscrito por primera vez un plan de igualdad en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  • Que no se encuentren obligadas en virtud de convenio colectivo ni en los casos en que la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado b) de la Ley 5/ 2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • Deberán acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la normativa ambiental y de trasparencia.
  • No haber sido sancionado/a mediante resolución administrativa firme, ni por sentencia judicial firme en materia laboral, de memoria democrática, de personas con discapacidad, por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, o por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria

    Descargar modelo Memoria
  • Currículo responsable el proyecto

    Currículo de la persona responsable del proyecto, en modelo normalizado denominado Currículo responsable del proyecto.

    Descargar modelo Currículo responsable el proyecto
  • Currículo Equipo Técnico

    Currículo del equipo técnico, en modelo normalizado denominado Currículo equipo técnico.

    Descargar modelo Currículo Equipo Técnico
  • Garantía de Compromiso

    Documento firmado que garantice el compromiso de la dirección de la entidad y la participación e implicación de la representación legal del personal en la misma, o en su defecto, de la comisión negociadora, en la elaboración, implantación y seguimiento del plan de igualdad, en modelo normalizado denominado Garantía de compromiso.

    Descargar modelo Garantía de Compromiso
  • Documento de constitución de la entidad

    Documento de constitución de la entidad, junto con la certificación acreditativa de su inscripción en el Registro Público correspondiente, así como estatutos y, en su caso, modificaciones debidamente legalizadas.

  • Certificado de estar al corriente del IAE

    Certificación, en su caso, de estar al corriente del pago del Impuesto de Actividades Económicas o exento de su abono.

  • Informe de trabajadores en Alta

    Informe de Trabajadores/as en Alta de la Tesorería General de la Seguridad, a fecha de solicitud de la subvención. Para acreditar el número de personas trabajadoras de la entidad, se deberá presentar un Informe de Trabajadores/as en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a fecha de presentación de la solicitud de la subvención. Las entidades comunicarán a la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social cualquier cambio en la plantilla, que tenga incidencia en el cómputo del número de personas trabajadoras.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de subcontratar la ejecución de la actividad se deberá aportar el modelo de entidad subcontratada

  • Entidad subcontratada

    En el caso de subcontratar la ejecución de la actividad, documento de la entidad subcontratada, en modelo normalizado denominado Entidad subcontratada.

    Descargar modelo Entidad subcontratada

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta las Preguntas frecuentes relativas a estas ayudas.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 08/06/2021 al 21/06/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses máximo, contados a partir de la fecha de publicación en el BOA de la convocatoria.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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