Convocatoria 2022 Línea IDIS-REACT
Fuera de plazo - Del 16/11/2021 al 31/12/2021
El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2021
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 16/11/2021 al 31/12/2021
El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2021
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las grandes empresas y las pymes, que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria, podrán presentar una solicitud para optar a las Ayudas a la Industria Digital, Innovadora y Sostenible.
Financiadas mediante la iniciativa de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU) Línea IDIS-REACT, buscan apoyar proyectos empresariales que promuevan una recuperación verde y digital de la economía en Aragón tras la crisis provocada por la Covid-19.
Estas ayudas son subvenciones a fondo perdido a conceder en régimen de concurrencia competitiva.
Dirigido a
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas (PYME y grandes empresas) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016).
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este dispositivo como beneficiarios. En aplicación del artículo 1.4 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, debe excluirse expresamente como beneficiarias de las ayudas a las empresas sujetas a una orden de recuperación y a las empresas en crisis.
Requisitos
- Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial en el sentido que determina el Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma o a otras actividades económicas cuando éstas tengan un potencial diferenciado de valor añadido, económico o social.
- De acuerdo con el artículo 4 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón, se considera que una empresa está radicada en Aragón cuando tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento, o solicite ayuda para un nuevo establecimiento, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto empresarial presentado. En el caso de que el órgano instructor de las ayudas detectase indicios fundamentados que pusieran en duda esa solvencia, éste podrá requerir al solicitante para que aporte los datos y documentación necesarios para aclarar dicho extremo.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 16/11/2021 a las 00:00 h
Fin: 31/12/2021 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Escrituras
Copia de las escrituras de constitución y estatutos de la entidad
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2. Modelo 200 de la última declaración del Impuesto de Sociedades
En caso de ser obligatoria su presentación para la PYME.
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3. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
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4. Memoria del proyecto
Descripción comprensible del proyecto y sus objetivos, con expresión de las razones por las que éste se propone como elegible para la ayuda, justificando su adecuación a los criterios de valoración. Deberá incluir también la estructura presupuestaria y de financiación del proyecto así como el calendario de ejecución.
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5. Lista de gastos en formato .xls
Una relación clasificada de los gastos e inversiones de las actuaciones con identificación del acreedor, concepto subvencionable, su importe y fecha de emisión.
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6. Justificantes de gastos
Justificantes de los gastos que se solicitan. Se adjuntará al menos una oferta por gasto.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Ultimo recibo de nomina del personal imputado en el proyecto
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación poder de representación
Cuando el solicitante actúe por medio de representante salvo que se acceda con certificado de representante
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Validación de NIF de un contribuyente
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Serán costes subvencionables los que respondan de manera inequívoca a la realización de la actividad subvencionable y que deriven exclusivamente de los conceptos siguientes:
Categoría de ayudas regionales a la inversión y de inversión en favor de las PYME:
– Costes de la adquisición de activos nuevos materiales o inmateriales, excluidos los terrenos y parcelas.
Categoría de ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:
– Costes del personal técnico con una participación justificada, concreta y específica en el proyecto.
– Costes de consultoría externa en investigación o desarrollo o estudios de viabilidad contratada a:
+ La Universidad, Centros de investigación y/o de transferencia tecnológica.
+ Otras entidades (empresas de servicios de I+D, consultoras de I+D…) distintas de las del punto anterior
Categoría de ayudas a la innovación en materia de procesos y organización:
– Costes del personal técnico con una participación justificada, concreta y específica en el proyecto.
– Costes de consultoría, conocimientos e ingeniería externa en organización y/o procesos.
Categoría de ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial:
– Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales.
Categoría de ayudas para servicios de consultoría técnica:
– Costes de consultoría externa contratada para potenciar o abordar nuevos procesos estratégicos. Estos trabajos se refieren a contenidos tales como, por ejemplo: planes estratégicos de empresa, planes de prospectiva y/o ampliación de mercados, planes de negocio o planes de transformación digital entre otros.
– Costes de consultoría externa contratada para el diagnóstico, gestión o trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 724
Correo electrónico. pymes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
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Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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