Convocatoria 2022
Fuera de plazo - Del 13/12/2022 al 27/12/2022
El plazo de presentación terminó el 27 diciembre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 13/12/2022 al 27/12/2022
El plazo de presentación terminó el 27 diciembre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Ayudas cuyo objetivo es acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las Industrias Creativas y Culturales, impulsar la transformación a la cultura digital, favorecer las interconexiones entre dichas industrias y mejorar su acceso a la financiación.
Otras acciones
Dirigido a
- Profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- PYMES
- Microempresas
Requisitos
- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en estas bases y señaladas en el artículo segundo, los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las PYMES y microempresas, cuyos proyectos estén vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Los proyectos presentados deben estar vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
- No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 13/12/2022 a las 00:00 h
Fin: 27/12/2022 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado de la AEAT de situación en el censo de actividades económicas
No serán válidos los expedidos con anterioridad al del inicio del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria.
-
2. Documentación que acredite el volumen de negocio
Impuesto de sociedades, impuesto sobre la renta de las personas físicas
-
3. Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA
-
4. Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación
-
5. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
-
6. Proyecto y cronograma de su desarrollo
Incorporar un breve resumen de la medios técnicos y humanos con los que cuenta la entidad
-
7. Comunicación de los datos identificativos y el número de cuenta corriente
De forma electrónica en el siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion
-
Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852
-
Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales PRTR
-
Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Los proyectos presentados deberán destinarse a las siguientes funciones de “aceleradora cultural”:
- Actividades formativas y de creación.
- Mentoría a empresas del sector ICC.
- Apoyo general a través de servicios de oficina técnica.
- Investigación y promoción del sector ICC.
- Capacidad de desarrollo y comercialización.
La cuantía a percibir por cada beneficiario no podrá superar el 80 % del coste total del proyecto.
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 15.000 € ni superior a 100.000 €.
Estas ayudas son compatibles con otras de cualesquiera Administraciones o entes públicos y privados nacionales u organismos internacionales ( excepto con fondos estructurales de la UE con los que no lo es).
Se entenderá gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado desde el día 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 (la fecha en la que finaliza el plazo para la justificación es el 1 de octubre).
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Presencial. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro. De 9.00 a 14.00 horas
Teléfono. Servicio de fomento de las artes, la cultura y el libro. 976 713 376
Correo electrónico. srachon@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 87/2006, de 21 de julio
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-
Reglamento 2021/0241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
-
Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-
Reglamento 2018/1046, de 18 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo (UE, Euratom) (<
>)
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.