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Ayudas para la aceleración del sector creativo y cultural - Convocatoria 2022

N°9041

Ayudas cuyo objetivo es acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las Industrias Creativas y Culturales, impulsar la transformación a la cultura digital, favorecer las interconexiones entre dichas industrias y mejorar su acceso a la financiación.

Plazo de presentación

Del 13/12/2022 al 27/12/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • PYMES
  • Microempresas

Requisitos

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en estas bases y señaladas en el artículo segundo, los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las PYMES y microempresas, cuyos proyectos estén vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Los proyectos presentados deben estar vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
  • No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de la AEAT de situación en el censo de actividades económicas

    No serán válidos los expedidos con anterioridad al del inicio del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria.

  • Documentación que acredite el volumen de negocio

    Impuesto de sociedades, impuesto sobre la renta de las personas físicas

  • Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA

  • Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Proyecto y cronograma de su desarrollo

    Incorporar un breve resumen de la medios técnicos y humanos con los que cuenta la entidad

  • Comunicación de los datos identificativos y el número de cuenta corriente

    De forma electrónica en el siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion

  • Anexo II

    Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852

    Descargar modelo Anexo II
  • Anexo III

    Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales PRTR

    Descargar modelo Anexo III
  • Anexo V

    Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

    Descargar modelo Anexo V

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Los proyectos presentados deberán destinarse a las siguientes funciones de “aceleradora cultural”:

- Actividades formativas y de creación.

- Mentoría a empresas del sector ICC.

- Apoyo general a través de servicios de oficina técnica.

- Investigación y promoción del sector ICC.

- Capacidad de desarrollo y comercialización.

La cuantía a percibir por cada beneficiario no podrá superar el 80 % del coste total del proyecto.

La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 15.000 € ni superior a 100.000 €.

Estas ayudas son compatibles con otras de cualesquiera Administraciones o entes públicos y privados nacionales u organismos internacionales ( excepto con fondos estructurales de la UE con los que no lo es).

Se entenderá gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado desde el día 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 (la fecha en la que finaliza el plazo para la justificación es el 1 de octubre).

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. Servicio de fomento de las artes, la cultura y el libro. 976 713 376
  • Correo electrónico. srachon@aragon.es
  • Presencial. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro. De 9.00 a 14.00 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 13/12/2022 al 27/12/2022

Fuera de plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

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