Convocatoria 2026
Próximamente - Del 12/02/2026 al 11/05/2026
Aún no es posible presentar el trámite
Próximamente - Del 12/02/2026 al 11/05/2026
Aún no es posible presentar el trámite
Detalles del trámite
La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a proyectos de inversión desarrollados por empresas que tengan la consideración de gran empresa y medianas empresas en la provincia de Teruel, para apoyar su implantación, en el caso de nuevas empresas, y crecimiento, en el caso las ya establecidas, en la provincia de Teruel.
Se convocan tres líneas de ayudas:
a) Ayudas a la inversión.
b) Ayudas a la investigación y desarrollo e innovación.
c) Ayudas a la demostración y medidas de apoyo a la eficiencia energética.
Dirigido a
- Grandes empresas
- Medianas empresas
Requisitos
- Podrán acogerse aquellas empresas que tengan la consideración de gran empresa o mediana empresa, establecidas en la provincia de Teruel y que realicen nuevas inversiones por un importe igual o superior al determinado en la convocatoria. Para la determinación de la consideración de gran empresa o mediana empresa se atenderá a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Excepción por Categorías)
- Será necesario que la empresa solicitante desarrolle y ejecute las actuaciones objeto de subvención en la provincia de Teruel.
- La entidad solicitante debe no encontrarse incursa en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones
- La entidad solicitante debe estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la SS y no tener deuda pendiente de pago con la C. A. de Aragón.
- Los proyectos no podrán haber iniciado los trabajos antes de la presentación de la solicitud de ayuda
- Las empresas deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Importe mínimo de inversión en el conjunto de las líneas de ayudas: 3 millones de euros sin perjuicio de su posible ampliación en la correspondiente convocatoria
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 12/02/2026 a las 00:00 h
Fin: 11/05/2026 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
Tres meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Poder de representación
Cuando el solicitante actúe por medio de representante, salvo que se acceda mediante certificado electrónico de la entidad en calidad de representante, deberán aportarse los documentos que acredite el poder de representación de éste último.
-
2. Memoria de los proyectos de inversión
Memoria explicativa del proyecto de inversión en donde se recojan todas las actuaciones a realizar y se describa con claridad el objetivo a conseguir con la inversión, así como cualquier otra información relevante. Dicha memoria deberá contener un calendario de ejecución. Cuando se solicite subvención para más de una línea de ayuda se presentará una memoria para cada una de ellas.
-
Presupuesto y/o memoria valorada de la inversión a realizar.
-
4. Informe de plantilla media de personas trabajadoras en situación de alta
Presentación de un “informe de vida laboral de la entidad” y un “Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta”, referido a los doce meses anteriores a la fecha de la solicitud, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que figuren relacionadas todas las cuentas de cotización correspondientes a los diferentes centros de trabajo.
-
5. Certificación cumplimiento plazos de pago
Certificación acreditativa de alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, emitida en los términos señalados en el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
Validación de NIF de un contribuyente
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Finalización de la tramitación
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Tres meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 702 100
Correo electrónico. financiacion@iaf.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón
-
Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
-
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden PEJ/673/2025, de 20 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para captación de nuevas empresas y crecimiento de las ya establecidas en la provincia de Teruel
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Ayuda a la tramitación electrónica
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