Ayudas del programa MOVES III para implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
Fuera de plazo - Del 30/07/2021 al 22/01/2025
El plazo de presentación terminó el 22 enero 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 30/07/2021 al 22/01/2025
El plazo de presentación terminó el 22 enero 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
El plazo de solicitudes se cierra a fecha 22/01/2025 tras la publicación de la Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
Serán actuaciones subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable las canalizaciones necesarias para disponer de la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico.
Requisitos
- Serán actuaciones subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable las canalizaciones necesarias para disponer de la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico
- Residencia fiscal en España
- Instalación realizada en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Para los destinatarios últimos personas jurídicas y el sector público con actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado, las actuaciones subvencionables tendrán carácter incentivador y deberán realizarse posteriormente a la presentación de la solicitud. El resto de beneficiarios podrán realizar la actuación con posterioridad al 09/04/2021
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 30/07/2021 a las 00:00 h
Fin: 22/01/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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Firmadas por el solicitante, o representante legal de la entidad, debidamente acreditado mediante poder notarial
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2. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
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Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer que contenga, al menos, descripción y alcance de la actuación, inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Poder de representación
Para personas jurídicas, cuando no se firme la con certificado electrónico de la misma, se aportará la copia de documento acreditativo de las facultades de representación del representante de la empresa o empresas solicitantes, debidamente inscrito, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
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1. Poder representación para personas físicas
Para personas físicas, si se otorga la representación deberán aportar la declaración responsable firmada por el solicitante
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1. Alta en el censo de empresarios
Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o el Certificado de Situación Censal, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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2. Declaración responsable ayudas mínimis
Declaración responsable de ayudas de minimis
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3. Declaración tamaño de empresa
Declaración responsable en la que figure la condición de Pequeña, Mediana o Gran Empresa o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.
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1. Declaración tamaño de empresa
Declaración responsable en la que figure la condición de Pequeña, Mediana o Gran Empresa o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.
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2. Informe de plantilla
Informe de plantilla media de trabajadores en alta del mes previo a la presentación de la solicitud.
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1. Certificado de Acta
Documento formalizado por el Presidente como representante de la Comunidad de Propietarios, que formule la solicitud y autorice la recepción del importe total de la ayuda otorgada.
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2. Documento de participación
Documento de aceptación expresa de participación de todas las entidades en el Programa de ayudas establecido por esta convocatoria, asumiendo la totalidad de compromisos y obligaciones derivados del mismo, con detalle de los compromisos de ejecución correspondientes a cada miembro de la agrupación así como importe de la ayuda a aplicar a cada uno de ellos.
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1. Certificado de adscripción
En el caso de una entidad vinculada o dependiente del sector público deberá presentar una declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una Comunidad autónoma o a una Entidad Local y donde declare si desarrolla o no actividad comercial y mercantil.
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2. Acuerdo de participación
Asimismo, aportará certificación acreditativa de resolución o acuerdo adoptado por el órgano competente de la administración o entidad pública beneficiaria, por la que se apruebe la participación en este programa asumiendo los compromisos contenidos en el mismo.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
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Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Más información sobre el programa MOVES III en la Web oficial de Gobierno de Aragón y en IDAE.
Recursos y enlaces de interés
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio de Planificación Energética 976 715 185
Correo electrónico. Servicio de Planificación Energética planificacionenergetica@aragon.es
Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Orden ICD/891/2021, de 19 de julio, por la que se aprueba la convocatoria en Aragón de ayudas a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
Normativa general
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Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones
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Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, Real Decreto - por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
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Orden ICD/891/2021, de 19 de julio, convocatoria en Aragón de ayudas a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
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Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, Por el que se modifican el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo; el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recup
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Ayuda a la tramitación electrónica
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