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Acceder a MiAEntidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024
Trámite Nº10381
Fuera de plazo - Del 16/09/2024 al 25/10/2024
El plazo de presentación terminó el 25 octubre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
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TrámiteNº10381
Fuera de plazo - Del 16/09/2024 al 25/10/2024
El plazo de presentación terminó el 25 octubre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para financiar la adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia, a través de videocámaras, en puntos de acceso a municipios y núcleos habitados u otras ubicaciones estratégicas de ambos, a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.
Dirigido a
- Municipios aragoneses que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria en relación a la clasificación en la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Las actuaciones objeto de subvención deberán ser ejecutadas entre el 1 de enero de 2024 y el 5 de noviembre de 2024, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura.
- El importe mínimo del gasto, para poder solicitar la subvención, se establece en mil quinientos euros (1.500 €), siempre que la actuación permita cumplir con el objeto y finalidad de la subvención.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 16/09/2024 a las 00:00 h
Fin: 25/10/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Memoria de actividades
Memoria descriptiva de la actividad o actividades para las que se solicita subvención, con el contenido que se especifica en la convocatoria, firmada por la persona representante legal de la entidad local solicitante.
-
2. Certificado de titularidad municipal o autorización del titular
Certificado expedido por el secretario o secretaria de la entidad local, en el que se acredite la titularidad municipal del espacio o terreno donde se ubicará el objeto de la subvención o, en su caso, documentación acreditativa de la autorización del titular del bien en el que vaya a realizarse la actuación subvencionable.
-
3. Autorización de instalación y uso
Documento acreditativo del inicio del procedimiento de autorización de la instalación y utilización del sistema de videovigilancia incluyendo todas sus videocámaras. En caso de haberse resuelto favorablemente dicho procedimiento con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá aportarse la resolución por la que se autoriza la instalación y uso.
-
4. Certificado de cumplimiento de requisitos
Certificado expedido por el secretario o secretaria del Ayuntamiento acreditativo del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la subvención y de los datos necesarios para realizar la valoración (número de habitantes censados y distancia por carretera al cuartel o puesto de la Guardia Civil más próximo).
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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-
1. Acreditación de la representación del alcalde o alcaldesa
Certificado expedido por el secretario de la entidad local, que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad) en el caso de que la solicitud la firme con un certificado de persona física. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
-
2. Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
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-
1. Certificado de medidas de racionalización del gasto
Certificado del secretario o secretaria de la entidad local, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 807
Teléfono. 976 715 954
Correo electrónico. dgdespoblacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
-
Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
-
Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
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Orden VMV/1365/2025, de 23 de septiembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos y del índice de funcionalidad de Aragón enmarcados en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2024 y otras variables socioeconómicas.
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Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
-
Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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