Ayuda para la destilación de subproductos de la vinificación - Campaña 2025-2026
N° 987
A través de este trámite se pueden solicitar las ayudas a la destilación de subproductos de vinificación reguladas en la ISV (PEPAC 2023-2027).
Dirigido a
- Destilerías autorizadas con sede en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
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Requisitos de los productos entregados a la destilación
- Fecha límite de entrega de los subproductos para vinificación 15 de junio de cada campaña.
- Contenido mínimo: Orujos de uva - 2,8 litros de alcohol puro por cada 100 kilos; Lías de vino - 4 litros de alcohol puro por cada 100 kilos.
-
Requisitos de los destiladores
- Ser destilador autorizado.
- Extender un certificado de recepción de subproductos por cada entrega de materia prima.
- Enviar el certificado de recepción a la autoridad competente en un plazo máximo de 10 días.
- Destinar el alcohol obtenido exclusivamente a fines industriales o energéticos.
-
Requisitos del alcohol obtenido
- El alcohol por el que se solicita la ayuda deberá tener una grado alcohólico mínimo del 92%.
- Destinar el alcohol obtenido exclusivamente a fines industriales o energéticos.
- Ser destilería autorizada por el Ministerio
Documentación
No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La presentación de la solicitud de autorización como destilador o prórroga de la misma deberá realizarse antes del inicio de la campaña (1 de agosto de cada año)
Las solicitudes de ayuda y pago deberán presentarse entre el 16 de octubre y el 20 de julio de cada campaña por el alcohol obtenido durante la misma.
Los documentos que deberán presentarse asociados a la solicitud de ayuda y pago se generan desde la Plataforma de Aplicación Web de Viñedo de Aragón, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace:
https://aplicaciones.aragon.es/weblogon/pages/login.xhtml
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976714630 / 976714604
- Correo electrónico. registroviticola@aragon.es
- Presencial. Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Alimentación
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Normativa
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
Reglamento 2115/2021, de 2 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
En todo caso antes del 16 de octubre de la campaña siguiente.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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