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Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semi extensivos de ovino y caprino de carne (PAC)

N°1380

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas destinadas a sus explotaciones de ovino y/o caprino dentro de las líneas de ayuda al sector ovino y/o caprino de la Política Agraria Común (PAC).

Plazo de presentación

Del 01/02/2024 al 30/04/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Ganaderos (personas físicas o jurídicas) con explotaciones de ganado ovino y caprino

Requisitos

  • Requisitos de las explotaciones
    • Que la explotación ganadera esté inscrita en el Registro de explotaciones agrarias (REGA) con el tipo de explotación producción y reproducción ó tipo pastos. A nivel de subexplotación, tienen que estar clasificadas como explotaciones de ovino y/o caprino con una clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne o reproducción para producción mixta.
  • Requisitos de los animales
    • Los animales elegibles son hembras de la especie ovina y caprina mantenidas como reproductoras conforme a la declaración censal obligatoria establecida en el artículo 11.4 del Real Decreto 685/2013, correctamente identificadas y registradas a 1 de enero de 2024.
    • El número de animales tiene que ser igual o superior a 30 ovejas elegibles ó 10 cabras elegibles.
    • Deben tener un mínimo de movimientos de salida de la explotación de al menos 0,6 corderos por hembra elegible entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud Conjunta PAC

    Presentación en linea.

Información adicional

Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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Contacto y ayuda

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/02/2024 al 30/04/2024

En plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

18 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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