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Ayuda a los agricultores y ganaderos de zonas limitaciones naturales (PAC)

N°414

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las ayudas para compensar a las personas agricultoras y ganaderas que ejercen su actividad en zonas con limitaciones naturales, de montaña y/o distintas a las de montaña y/o con otras limitaciones específicas.

Es una línea de ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

Plazo de presentación

Del 01/02/2024 al 30/04/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)
  • Socios de Cooperativa o Sociedad Civil con finalidad exclusiva agraria

Requisitos

  • Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la explotación sea inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total, o ser titular de un explotación agraria que esté dada de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias.
  • Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las zonas no de montaña, estar empadronado en un municipio de alguna zona con limitaciones naturales, de Aragón ó limítrofe a Aragón.
  • No percibir pensión de jubilación, incapacidad absoluta ni cualquier otra prestación pública análoga.
  • Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que por su actividad agraria le corresponda.
  • Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón. La ayuda sólo puede recaer sobre la superficie de la explotación incluida en la zona con limitaciones naturales situada en Aragón.
  • Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera.
  • Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas distintas de las de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera y una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea cuando la pluviometría media sea inferior a 800 mm por año, o de 2 UGM por hectárea cuando sea igual o superior.
  • Las explotaciones deberán cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
  • Cumplir las condiciones de Agricultor Activo

Información adicional

Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)

Si en la tramitación telemática les surge alguna consulta o dificultad técnica pueden comunicar la incidencia al: Soporte de consultas o incidencias

Presentación de la solicitud

Telemática

Contacto y ayuda

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/02/2024 al 30/04/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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