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Acceder a MiAAyuda a los agricultores y ganaderos de zonas limitaciones naturales (PAC)
Trámite Nº414
Fuera de plazo - Del 01/02/2026 al 15/05/2026
El plazo de presentación terminó el 15 mayo 2026
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº414
Fuera de plazo - Del 01/02/2026 al 15/05/2026
El plazo de presentación terminó el 15 mayo 2026
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las ayudas para compensar a las personas agricultoras y ganaderas que ejercen su actividad en zonas con limitaciones naturales, de montaña y/o distintas a las de montaña y/o con otras limitaciones específicas.
Es una línea de ayudas de la Política Agraria Común (PAC).
Dirigido a
- Personas físicas
- Titularidad compartida
- Socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)
- Socios de Cooperativa o Sociedad Civil con finalidad exclusiva agraria
Requisitos
- Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la explotación sea inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total, o ser titular de un explotación agraria que esté dada de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias.
- Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las zonas no de montaña, estar empadronado en un municipio de alguna zona con limitaciones naturales, de Aragón ó limítrofe a Aragón.
- Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que por su actividad agraria le corresponda.
- Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón u otras limitaciones específicas. La ayuda sólo puede recaer sobre la superficie de la explotación incluida en la zona con limitaciones naturales situada en Aragón.
- Si se declara ganado en régimen de pastoreo extensivo en zonas de montaña, deberá tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera.
- Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas distintas de las de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera y una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea cuando la pluviometría media sea inferior a 800 mm por año, o de 2 UGM por hectárea cuando sea igual o superior.
- Las explotaciones deberán cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
- Cumplir las condiciones de Agricultor Activo
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/02/2026 a las 00:00 h
Fin: 15/05/2026 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)
Si en la tramitación telemática les surge alguna consulta o dificultad técnica pueden comunicar la incidencia al: Soporte de consultas o incidencias
• Como consecuencia de los resultados de los controles preliminares, los controles administrativos o los controles por monitorización, los agricultores podrán solicitar hasta el 11 de septiembre de 2026 una adaptación de su solicitud única tras el periodo de modificación.
• Los agricultores podrán retirar total o parcialmente su solicitud de ayudas hasta el 11 de septiembre de 2026.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 426
Correo electrónico. jamara@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
-
Orden AGA/573/2026, de 15 de abril, por la que se modifica la Orden AGA/126/2026, de 21 de enero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2026.
-
Orden AGA/126/2026, de 21 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2026.
-
Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas
-
Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común
-
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento
de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
-
Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
-
Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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