Datos del informe de auditoria. Convocatoria adicional.

Trámite 8040

Fuera de plazo - Del al 15/12/2022

El plazo de presentación terminó el 15 diciembre 2022

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Trámite8040

Fuera de plazo - Del al 15/12/2022

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Detalles del trámite

En este trámite los auditores que hayan revisado las facturas y gastos de la convocatoria adicional de ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19, reguladas mediante la Orden HAP 1487/2021, de 12 de noviembre, podrán comunicar los datos solicitados por la administración.


Dirigido a

  • Auditores de las ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19, convocadas mediante la Orden HAP 1487/2021, de 12 de noviembre

Requisitos

  • Estar inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio:

Fin: 15/12/2022 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

El informe del auditor verificará el contenido de la cuenta justificativa que le entregará el beneficiario, comprobando que existen las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que se encuentran debidamente contabilizados, que cumplen todos los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto-ley 3/2021, de 16 de junio, del Gobierno de Aragón y que han sido abonados a través de entidad bancaria con el importe de la ayuda recibida.

En el caso de que el beneficiario también obtuviera una ayuda en la convocatoria efectuada por Orden HAP/732/2021, de 25 de junio, deberán presentar una única documentación justificativa de todos los gastos subvencionables teniendo en cuenta la suma total de las dos cuantías recibidas.

El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor todos los libros, registros y documentos que se requieran de acuerdo con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como mantener el objeto de las acciones de verificación y control previstas.

No es preciso aportar copia de las facturas o documentos probatorios junto con la justificación.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

Normativa específica

Normativa general

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Ayuda a la tramitación electrónica

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