Metrologia Legal. Entidades y Registro de Control Metrológico

  • Servicio de Metrología, Seguridad y Calidad Industrial
  • Industria

Registro de Control Metrológico de alcance nacional, y entidades que lo conforman: fabricantes, organismos designados y reparadores.

El Registro de Control Metrológico

El Registro de Control Metrológico, es un Registro único de alcance nacional, cuyos datos están centralizados en el Centro Español de Metrología, CEM, del que depende. 

Las actuaciones propias de la gestión de este Registro corresponden a las Administraciones públicas competentes, y se encuentra regulado en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología - (PDF, 5,4 Mb).

Inscripción

Se inscriben en este Registro:

  1. Fabricantes: personas físicas o entidades que fabriquen, importen, comercialicen o cedan en arrendamiento los instrumentos o sistemas de medida sometidos al control metrológico del Estado.

  2. Organismos designados:  entidades que realizan las evaluaciones de la conformidad o las verificaciones relacionadas con la ejecución del control metrológico del Estado.

    1. Organismos que actúan en la Fase de Comercialización y Puesta en Servicio:

      • Organismos Notificados

      • Organismos de control metrológico

    2. Organismos que actúan en la Fase de Instrumentos en Servicio (Verificación periódica y después de reparación o modificación de los instrumentos de medida en servicio).

      • Organismo autorizado de verificación metrológica. El Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, que regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida, establece en su artículo 8 que la ejecución del control metrológico en las fases de instrumentos en servicio (verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica) recae en la Administración Pública competente donde se encuentra ubicado el instrumento de medida.

  3. Reparadores: Las personas físicas o jurídicas que reparen instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado.

Fabricantes

Las personas físicas o entidades que fabriquen, importen, comercialicen o cedan en arrendamiento los instrumentos o sistemas de medida sometidos al control metrológico del Estado.

Serán inscritos de oficio en el Registro de Control Metrológico, en el momento de la inscripción de la primera operación que realicen sobre instrumentos o sistemas de medida.

Podrán asimismo, los interesados, solicitar la inscripción de oficio en el Registro de Control Metrológico presentando la siguiente documentación:

  1. Solicitud de inscripción como fabricante. Formulario E3004 - (DOC, 250 Kb)

  2. Justificante del pago de la tasa (ejemplar para la Administración)

A quién dirigir la solicitud

La solicitud deberá dirigirse a los Servicios Provinciales competentes en materia de industria por razón del territorio.

Tramitación

  1. Instancia solicitando la inscripción.

  2. Asignación de una identificación alfanumérica al solicitante. Remisión al solicitante del Certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico.

Vigencia de la inscripción

El período de vigencia de las inscripciones será indefinido.

Tasas

Formulario de autoliquidación, Modelo 514

Entidades inscritas

Puede acceder a la consulta de entidades fabricantes inscritas, y filtrar la información como sigue: Desplegable "Filtros por Inscripción": Administración = Comunidad Autónoma de Aragón; Desplegable "Filtros por Actividad": Categoría de la inscripción = Fabricante.

Organismos designados

Organismos Notificados

Entidad pública o privada que actúa en los procedimientos de evaluación de la conformidad (Fase de Comercialización y Puesta en Servicio), designado como tal por las Administraciones Públicas competentes en el ámbito de la Unión Europea.

Actúan en la Fase de Comercialización y Puesta en Servicio

Organismos de control metrológico

Entidad, pública o privada, designada por habilitación de una Administración Pública competente española para la realización de los ensayos en aplicación de una regulación específica nacional y emisión de los certificados o conformidades pertinentes en relación con el control metrológico del Estado en la Fase de Comercialización y Puesta en Servicio.

Actúan en la Fase de Comercialización y Puesta en Servicio

Organismo autorizado de verificación metrológica

Entidad, pública o privada, designada por habilitación de una Administración Pública competente española, para la realización y emisión de las oportunas certificaciones relativas a los controles metrológicos después de reparación, después de modificación y periódicas.

En la Comunidad Autónoma de Aragón, actúan en la Fase de Instrumentos en Servicio (Verificación periódica y después de reparación o modificación de los instrumentos de medida en servicio).

Reparadores

Toda persona física o jurídica responsable de la reparación o modificación,     que implique levantamiento de precintos, de un instrumento de medida.

Para ser inscritos en el Registro de Control Metrológico deben presentar la siguiente documentación: 

A quién dirigir la solicitud

La solicitud deberá dirigirse a los Servicios Provinciales competentes en materia de industria por razón del territorio.

Tramitación

Instancia solicitando la inscripción

Asignación de una identificación alfanumérica al solicitante. Remisión al solicitante del Certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico.

Vigencia de la inscripción

El período de vigencia de las inscripciones será indefinido

Ámbito de actuación

Nacional

Tasas

Entidades inscritas

Puede acceder a la consulta de entidades reparadoras inscritas, y filtrar la información como sigue: Desplegable "Filtros por Inscripción": Administración = Comunidad Autónoma de Aragón; Desplegable "Filtros por Actividad": Categoría de la inscripción = Reparador

Última actualización: 22/01/2024

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