Introducción. Factura electrónica
El Gobierno de Aragón usa FACe para recibir facturas electrónicas, obligatorias desde 2015 para importes mayores a 5.000 euros. Las facturas deben seguir el formato "Facturae" y estar firmadas electrónicamente.
Para cumplir lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público, el Gobierno de Aragón se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado – FACe. Por lo tanto, todas las facturas electrónicas que se dirijan a la Administración del Gobierno de Aragón se enviarán a través del Punto General de Entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado (FACe).
FACe es una ventanilla única de entrada de todas las facturas electrónicas dirigidas a una determinada Administración (Administración General del Estado, Comunidad Autónoma o Entidad Local).
El acceso a FACe para remitir facturas electrónicas al Gobierno de Aragón se realiza a través de la siguiente dirección:
Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
Este Punto General de Entrada ofrece un Portal web para presentar las facturas electrónicas y permite a los proveedores si lo desean, conectar sus sistemas de facturación con FACe de forma automática.
Obligación de presentar factura electrónica
Desde el 15 de enero de 2015 es obligatorio el uso de facturación electrónica en las relaciones contractuales con las Administraciones Públicas para importes superiores a 5.000 euros.
Con objeto de facilitar el acceso paulatino al nuevo sistema de facturación, la presentación de factura electrónica será voluntaria para los importes hasta 5.000 euros.
Aquí se puede consultar la Orden por la que se regula el importe mínimo para la remisión de facturas electrónicas al Gobierno de Aragón.
Formato
Las facturas electrónicas se deben ajustar al formato estructurado "Facturae" versión 3.2.1., que se describe mediante el esquema XSD (XML Schema Definition) publicado en la página web Web de Factura Electrónica del Ministerio de Hacienda.
La factura debe estar firmada con firma electrónica avanzada basada en certificado reconocido.
Además, debe contener los códigos de los órganos competentes en la tramitación de la factura, es decir, Órgano Gestor, Unidad Tramitadora y Oficina Contable de acuerdo con el directorio DIR3 de unidades administrativas gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Última actualización: 07/08/2024
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