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Indemnizaciones a víctimas del terrorismo por daños físicos o psíquicos y reparación por daños materiales

  • Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
  • Derechos y servicios a la ciudadanía

Información sobre indemnizaciones a víctimas o afectados por actos de terrorismo por daños psíquicos o físicos y reparación de daños materiales.

La Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, modificada por Ley 5/2023, de 23 de febrero y su reglamento, aprobado por Decreto 89/2014, de 10 de junio, regulan:

  • Indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, que tendrán, con carácter general, una cuantía equivalente al 30% de la concedida por la Administración General del Estado.
  • Reparación de daños materiales, que en ningún caso podrá sobrepasar el valor de los bienes dañados.

Se exige que los daños sean consecuencia de un atentado terrorista, y que la víctima ostente la condición política de aragonés o que lo sea de un acto terrorista producido en el territorio de Aragón.

Unidad responsable Secretaría General Técnica de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Puede solicitar información dirigiéndose a la cuenta de correo apoyoavictimas@aragon.es

A través del siguiente trámite, las víctimas o afectados por actos de terrorismo pueden solicitar la indemnización que les corresponde por fallecimiento o por los daños psíquicos o físicos sufridos a consecuencia de un acto terrorista.

Última actualización: 05/05/2023

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