Funciones, composición y normativa de la Comisión Interdepartamental de Salud Pública
Funciones atribuidas a la Comisión Interdepartamental, su composición, y la normativa que la regula.
Última actualización: 17/07/2025
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Funciones
La Comisión Interdepartamental de Salud Pública desarrollará las siguientes funciones:
La propuesta de establecimiento de prioridades, medidas y actuaciones de salud pública a desarrollar en los ámbitos de la protección, promoción y educación para la salud, que deban ser adoptadas por el Gobierno de Aragón e impliquen a otros departamentos.
La determinación en materia de salud de los instrumentos y cauces de colaboración entre los Departamentos del Gobierno de Aragón.
- El análisis de la evolución de la situación de salud en Aragón, las necesidades y expectativas de la población y su impacto en las diferentes áreas de gobierno.
- La identificación de políticas públicas con impacto potencial sobre la equidad en salud, así como acciones para reducir las desigualdades, procurando los recursos necesarios para acometerlas y los mecanismos para evaluarlas.
- Velar por la implementación y evaluación del Plan de Salud y aprobar sus modificaciones desde el enfoque de salud en todas las políticas y en el marco competencial de los Departamentos del Gobierno de Aragón.
- La toma de conocimiento y aprobación de los informes previstos en el Plan de Salud de Aragón.
- La coordinación de los recursos existentes para conseguir una mayor eficiencia en las intervenciones de promoción de la salud en los diferentes ámbitos de actuación en el territorio.
- La colaboración en el desarrollo de programas y actuaciones relacionados con la prevención de la enfermedad y la protección de la salud, en particular aquellas orientadas a la seguridad alimentaria y a la protección frente a riesgos ambientales.
- El impulso de estrategias de comunicación en materia de protección y promoción de la salud, dirigidas a la población en los diferentes ámbitos, especialmente en el ámbito educativo, comunitario y de servicios sociales.
- La orientación y coordinación de programas desarrollados para la atención a la población con necesidades especiales de salud y colectivos vulnerables.
- El seguimiento del ejercicio de los derechos y deberes relacionados con la salud pública.
- Conocer y debatir las prioridades y líneas de actuación establecidas en materia de protección, promoción y educación para la salud, de acuerdo con los principios de cogobernanza en salud pública.
- Impulsar una implantación progresiva de la evaluación de impacto en salud, según lo establecido en el artículo 52 de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón, al objeto de identificar el impacto potencial de estrategias, normativas y actuaciones no sanitarias sobre la equidad en salud y los ejes de desigualdad.
- La creación y apoyo al funcionamiento de los grupos de trabajo que se requieran para el desarrollo de las líneas de actuación establecidas en materia de protección, promoción, prevención y educación para la salud.
- Aquellas otras que vengan establecidas por la normativa vigente.
- Todas aquellas relacionadas con el Plan de Salud asignadas al Comité Interdepartamental y al Consejo Director del Plan de Salud.
Composición
La Comisión estará constituida por la presidencia, ejercida por la persona que ostente la titularidad del departamento responsable en materia de salud pública; la vicepresidencia, que corresponde a la persona titular de la Dirección General de Salud Pública; y los vocales, que serán las personas titulares de las Secretarías Generales Técnicas de los diferentes departamentos del Gobierno de Aragón.
Las funciones de secretaría de la Comisión las ejercerá una persona que tenga la condición de funcionaria adscrita a la Dirección General de Salud Pública, que asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
Normativa
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