Comisión de Coordinación Sociosanitaria
Encuentra aquí toda la información sobre la Comisión de Coordinación Sociosanitaria sus funciones y quién la compone.
Última actualización: 05/06/2025
La Comisión de Coordinación Sociosanitaria es un órgano colegiado cuyo objetivo es impulsar la coordinación, cooperación e intervención conjunta en la elaboración de planes, protocolos, programas, disposiciones y medidas dirigidas a la población vulnerable. Su actuación se centra en aquellos ámbitos donde confluyen las competencias de los departamentos de Sanidad y de Servicios Sociales. Esta Comisión está adscrita a los departamentos de Sanidad y de Bienestar Social y Familia.
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Las funciones de la Comisión de Coordinación sociosanitaria son:
- Elaborar planes anuales de actuación cuyo objeto sea abordar asuntos de mutuo interés y ligados al ejercicio de funciones atribuidas a ambos departamentos.
- Conocer los proyectos normativos que, bajo la iniciativa de cada departamento, incidan en el ámbito de funciones atribuidas a cada Departamento.
- Comunicar permanentemente las necesidades e iniciativas de mejora en la atención sociosanitaria prestada en los centros y servicios sociales.
- Desarrollar programas, métodos y técnicas innovadoras de intervención en atención integral social y sanitaria para el apoyo a la asistencia sanitaria y el soporte social a personas vulnerables y sus familias.
- Elaborar protocolos de actuación, guías, criterios comunes y formular propuestas y recomendaciones que puedan mejorar el desempeño de las funciones encomendadas a cada Departamento.
- Impulsar la comunicación interprofesional y la gestión de datos para la prestación de los servicios respectivos, el diseño de un portal sociosanitario y la investigación en el ámbito social y sanitario en beneficio de las personas vulnerables a través de acuerdos con universidades y centros científicos.
- Acordar la creación de grupos técnicos de trabajo y designación de las personas de referencia encargadas de su constitución.
- Evaluar y aprobar el plan de trabajo elaborado por los grupos técnicos de trabajo.
- Elaborar una memoria plurianual que incluya, como mínimo, los objetivos pretendidos, implementación, grado de consecución, evaluación y resultado de actuaciones.
- Resolver las dudas que pudieran plantearse en la interpretación del contenido en la Orden reguladora .
- Cualesquiera otras funciones que sean inherentes a la finalidad pretendida en la Orden reguladora.
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¿Cuál es la composición de la Comisión de Coordinación sociosanitaria?
La Comisión está conformada de la siguiente manera:
- La Presidencia.
- Las Vicepresidencias.
- La Secretaria
- Vocalías
¿Quiénes son las personas que integran la Comisión de Coordinación sociosanitaria?
Miembros de la Comisión:
Cargos | Nombre y apellidos |
---|---|
Presidencia | Carmen Mª Susín Gabarre |
Vicepresidencia primera | Lucía Horno Elósegui |
Vicepresidencia segunda | Jorge Luís Emperador Bartumeus |
Secretaria | Mª Aránzazu Jiménez Gómara |
Vocalías del Departamento de Bienestar Social y Familia |
Ángel Val Pradilla Víctor Solano Sainz Máximo Ariza Lázaro María Charte Pons Mª Victoria Alquézar Alquézar Eva Fortea Báguena Patricia Hernández Bernal |
Vocalías del Departamento de Sanidad |
Ramón Boria Avellanas Nuria Gayán Margelí Manuel Corberá Almajano Joaquín Velilla Moliner Estíbaliz Tolosa Tamayo Ana Cristina Castillo Forniés Elena María Gonzalvo Suñer |
Confidencialidad y protección de datos.
Las personas que integran la Comisión y los grupos técnicos de trabajo estarán obligadas a guardar secreto respecto de los datos de carácter personal que conozcan en el ejercicio de sus funciones.
Esta obligación persistirá incluso cuando hayan dejado de pertenecer a los mismos.
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Para cualquier consulta o solicitud de información relacionada con las funciones encomendadas a la Comisión de Coordinación sociosanitaria te puedes dirigir a la misma a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
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- Orden BSF/409/2025, de 9 de abril, por la que se crea y regula la Comisión de coordinación sociosanitaria
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
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Se publicará memorias de actividad, protocolos, etc.. que sean aprobadas por la Comisión.
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El pasado 2 de junio de 2025, se constituyó la Comisión de Coordinación Sociosanitaria a la que asistieron la mayoría de las personas que la integran. En esta reunión se concretó el plan de actuaciones para el periodo 2025-2026, fijando prioridades y acordando la creación de grupos técnicos de trabajo para su desarrollo.
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