Trámites relacionados con centros de servicios sociales - Cierre de centros de servicios sociales especializados
N° 9224
Extinción de autorización de funcionamiento.
Cancelación de inscripción y actualización del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
Dirigido a
- Centro de servicios sociales especializados inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
- Entidades de servicios sociales (persona física o jurídica) inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
Requisitos
- Centros y entidades sociales inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
Pago de tasas
Tarifa 02. Por la inscripción y actualización de datos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Plan de cierre
El plan de cierre ha de tener el siguiente contenido mínimo:
- Fecha prevista de cierre.
- Fases previstas para el cierre.
- Relación de personas alojadas con valoración de grado de dependencia, datos de identificación y localización de su familiar o persona de contacto.
- Relación de comunicaciones efectuadas a las personas usuarias y a sus familiares del cierre de la instalación y copia de las respuestas recibidas en su caso.
- Plan de reubicación de las personas usuarias en alojamiento alternativo, sustentado, en su caso, por los documentos que avalen las gestiones realizadas con los centros de destino de aquellos de los que siga su compromiso y condiciones de admisión.
Información adicional
1. Agotada la vía administrativa: Contra la resolución que resuelva el recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
2.El cierre definitivo de un centro de servicios sociales conllevará la extinción de autorización de funcionamiento y la cancelación de la inscripción del centro y de la entidad en el caso de que no preste otros servicios sociales o se extinga la personalidad jurídica.
3. La actividad de comprobación de lo declarado o comunicado comprenderá la totalidad de las manifestaciones y documentos objeto de la declaración responsable. La actividad de comprobación tendrá lugar dentro del plazo de 6 de meses desde la presentación de la declaración responsable, o en su caso, desde la presentación de la subsanación de las deficiencias.
4. Realizados los actos de comprobación oportunos, y de verificarse que cumple con los requisitos establecidos en materia de servicios sociales se realizará la cancelación de las inscripciones que procedan, previa resolución del órgano competente en ordenación de servicios sociales.
5. Transcurrido el plazo máximo para la realización de la actividad de comprobación sin que se hubiera dictado resolución, la persona interesada podrá solicitar en cualquier momento su emisión.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a 14 horas 976 716 894
- Correo electrónico. registrocsociales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 715 581
- Correo electrónico. inspeccioncsociales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 713 830
- Correo electrónico. icssmateriales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 715 597
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas 976 715 597
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 716 970
- Correo electrónico. registrocsociales@aragon.es
- Correo electrónico. inspeccioncsociales@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Normativa
Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
Decreto 111/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados.
Decreto 82/1989, de 20 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea y organiza el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónTrámites relacionados
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