Autorización para la expedición de pasaportes fitosanitarios
N° 394
A través de este trámite, las personas titulares de las entidades que produzcan, comercialicen o importen vegetales y que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán solicitar el pasaporte fitosanitario necesario para poder operar en la Unión Europea y en zonas protegidas. Este documento garantiza que los productos han sido sometidos a los pertinentes controles y tratamientos fitosanitarios.
Las entidades deben estar inscritas en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (ROPVEG).
Dirigido a
- Operadores registrados en el Registro de Operadores Vegetales de Aragón que trasladen vegetales, productos vegetales y otros objetos en el territorio de la Unión, y en su caso, para su introducción y traslado en zonas protegidas, acreditando los requisitos del artículo 16 del Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre.
- Los operadores obligados a emitir Pasaporte Fitosanitario serán los que trasladen los vegetales, productos vegetales y otros objetos en el Anexo XIII del Reglamento de Ejecución (UE) de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, así como Anexo XIV para zonas protegidas.
- No está dirigido este trámite a operadores que trasladen vegetales, productos vegetales u otros objetos que sean suministrados directamente al usuario final, incluidos jardineros domésticos, salvo si se trata de una venta mediante contratos a distancia o dirigido a zonas protegidas, en base al Artículo 16.6 del Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre.
- Tampoco se exige pasaporte fitosanitario entre instalaciones de un operador profesional dentro de la comunidad autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar inscrito en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales.
-
Las declaraciones anuales de cultivos y comercialización correspondientes a certificación de semillas y/o la certificación de plantas de vivero que procedan en las fechas establecidas:
- Demostrar conocimiento necesario para la autorización del Pasaporte Fitosanitario.
- Disponer de una persona de contacto responsable de los asuntos fitosanitarios
- Tener en vigor un plan eficaz de cada instalación del operador.
-
El operador profesional autorizado a emitir Pasaporte Fitosanitario tiene que cumplir las siguientes obligaciones:
- Someter a los vegetales, productos vegetales y otros objetos, a inspecciones para garantizar que están ausentes de plagas cuarentenarias y plagas reguladas no cuarentenarias (RNQPs), y así verificar que cumplen los requisitos para la emisión de pasaporte (autocontrol).
- Disponer de un sistema de trazabilidad y conservar durante 3 años registros relativos a la identificación de esos procesos de producción y traslado.
- Aplicar el plan eficaz en sus instalaciones o campos de cultivo
- Identificar y controlar los puntos críticos de sus procesos de producción y de traslado de vegetales, productos vegetales y otros objetos.
- Etiquetado de cada unidad comercial en base a la normativa específica de cada especie.
- Notificar de inmediato la sospecha de la presencia de una o más de una plaga cuarentenaria
Documentación
Presentar en todos los casos:
Pago Tasa 03, tarifa 01. Tasa por servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones administrativas.
URL: https://servicios3.aragon.es/alq/alq?dga_accion_app=buscar_tarifas&multiple=S&sri_tasa=3&sri_modelo=503&sri_modelo_id=22. El servicio gestor de destino es el Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
MODELO DE PASAPORTE A UTILIZAR
Descargar modelo MODELO DE PASAPORTE A UTILIZAR
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 385
- Correo electrónico. cscv.agri@aragon.es
- Página web. Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
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Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
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- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura.
Reglamento ejecución 2313/2017, de 13 de diciembre, de 2017, de la Comisión, por el que se establecen las especificaciones de formato del pasaporte fitosanitario para los traslados en el territorio de la Unión y del pasaporte fitosanitario para la introducción y los traslados en una zona protegida
Reglamento 2016/2031, de 26 de octubre, de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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