Programación Universitaria del Sistema Universitario de Aragón

Planificación de la actividad de la enseñanza universitaria desarrollada en Aragón.

Marco normativo de la programación universitaria

La Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón establece en su artículo 5 que la programación universitaria es el conjunto de disposiciones y decisiones articuladas sistemáticamente que tiene como objeto la planificación a medio y largo plazo de la actividad de enseñanza universitaria desarrollada en Aragón. La programación universitaria deberá revisarse cada cuatro años y, si se considera pertinente, cuando se abra una nueva Legislatura.

Seguimiento de la programación universitaria

El Acuerdo por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2021-2024 recoge la existencia de una Comisión de Seguimiento de la programación universitaria.

Entre sus funciones está la emisión de un informe anual que deberá recoger los datos, incidencias, consideraciones y propuestas relacionados con la consecución de los objetivos recogidos en la programación universitaria vigente.

Procedimientos vigentes en materia de autorización de enseñanzas

Su regulación se encuentra en el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón.

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Última actualización: 20/02/2024

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