Marco normativo de la programación universitaria
La Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, establece en su artículo 5 que la programación universitaria es el conjunto de disposiciones y decisiones sistemáticas orientadas a la planificación a medio y largo plazo de la actividad de enseñanza universitaria en Aragón.
La normativa determina que esta programación deberá revisarse cada cuatro años y, si procede, al inicio de una nueva Legislatura.
Seguimiento de la programación universitaria
El Acuerdo por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2021‑2024 prevé la existencia de una Comisión de Seguimiento.
Entre sus funciones se encuentra la elaboración de un informe anual, en el que se recogerán:
- Datos relevantes sobre la evolución de la programación universitaria
- Incidencias detectadas
- Consideraciones sobre su desarrollo
- Propuestas de mejora para la consecución de los objetivos establecidos
Procedimientos vigentes en materia de autorización de enseñanzas
La regulación de los procedimientos aplicables se encuentra en el:
Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante el Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón.
Materiales para descargar
Informe de seguimiento de la programación universitaria 2023‑2024
(PDF, 754 KB)
Más información
Acuerdo por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en Aragón para el periodo 2021‑2024