Programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP) ¿Qué es "PYME"?

Reglamento en el que se enmarca el concepto de Pequeña y Mediana Empresa (PYME)

Para la determinación de la consideración de PYME se atenderá a lo dispuesto en  el Anexo I del Reglamento (CE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de Junio de 2014 (PDF, 700 KB).

En consecuencia, se entenderá por empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

Los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas son:

Tabla sobre la categorización de las empresas según la plantilla de personal, el volumen de negocio y beneficios

Categoría de empresa Personal (efectivos) Volumen de negocio (millones de €) Y/O Balance general (millones de €)
Mediana < 250 personas ≤ 50 o

≤ 43

Pequeña < 50 personas ≤ 10 o ≤ 10
Micro < 10 personas ≤ 2 o ≤ 2

Para la determinación de los efectivos y los límites financieros se seguirá lo establecido en los artículos 4, 5 y 6 del Anexo de la Recomendación, en función de la clasificación de la empresa que se establece en el artículo 3 del citado Anexo

Última actualización: 02/09/2024

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