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Mayores. Prestaciones económicas. Pensiones No Contributivas de Jubilación

  • Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS)
  • Ayudas, pensiones y subvenciones para personas mayores
  • Servicios sociales

La Pensión no Contributiva de Jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

Características

Las Pensiones no Contributivas (PNC) por jubilación se abonan en 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias al año.

Las Pensiones no Contributivas son incompatibles:

  • con la Pensión no Contributiva de Invalidez;
  • con las Pensiones Asistenciales (PAS), y
  • con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP) de la Ley de Integración Social de las personas con discapacidad (LISMI), así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

¿Quién puede solicitarlas?

Podrán solicitar las Pensiones no Contributivas (PNC) de Jubilación, aquellas personas residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón que:

  • Carezcan de recursos económicos suficientes en los términos previstos en la normativa vigente en cada ejercicio.
  • Se encuentren en edad de jubilación.
  • Residan en territorio español y lo hayan hecho durante los 10 años, en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

Folleto información de Pensiones No Contributivas 2024

¿Cómo solicitarla?

Rellenando la solicitud y entregándola en las Direcciones Provinciales del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), en los Centros de Personas Mayores del IASS, en los Centros Municipales de Servicios Sociales del lugar de residencia de los solicitantes, o en cualquiera de los Registros oficiales.

Cada año el Estado aprueba un pago único anual a los perceptores de PNC que sean titulares de una vivienda de alquiler.

Complemento Titulares PNC en vivienda alquilada 

 

Última actualización: 16/02/2024

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