Información general
Queda prohibido el ejercicio de la pesca durante todo el año en los vedados de pesca.
Vedados de pesca
Son tramos fluviales donde por razones sanitarias, de régimen o administración de los recursos hidráulicos, de protección de la calidad de las aguas y frezaderos, de conservación de las riberas o de la fauna y flora silvestres, de estudios o experiencias científicas, o de escasez, restauración, recuperación o repoblación de las especies, resulta conveniente prohibir el ejercicio de la pesca.
Sanciones
El ejercicio de los derechos que asisten al ciudadano recogidos en los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en base a los principios de la potestad sancionadora contemplados en los artículos 25 a 31 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con los procedimientos sancionadores, los deberá ejercer en el Registro General de la Administración mediante escrito dirigido a la Sección de Régimen Jurídico de los correspondientes Servicios Provinciales del Departamento a fin de garantizar su constancia y la debida seguridad jurídica que asiste al ciudadano en aquellos procedimientos.
Servicio Provincial de Huesca – Teléfono: 974 293 029
Servicio Provincial de Teruel – Teléfono: 978 641 203
Servicio Provincial de Zaragoza:
Más información y contacto
Servicio de Caza y Pesca. ma@aragon.es
Servicio Provincial de Huesca - Plaza Cervantes, 1, planta 3, 22003 Huesca – Teléfono: 974 293 172 cazaypescahu@aragon.es
Servicio Provincial de Teruel - C/ San Francisco, 27, 44001 Teruel -Teléfono: 978 641 145 cazaypescateruel@aragon.es
Servicio Provincial de Zaragoza - Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín, 36 ,Puerta 7, 1ª planta 50004 Zaragoza - Teléfono: 976 714 893 cazaypescaz@aragon.es