Condiciones Materiales: Recomendaciones

  • Servicio de Ordenación de Servicios Sociales
  • Departamento de Bienestar Social y Familia
  • Entidades y centros sociales
  • Servicios sociales

Recomendaciones condiciones materiales, Recomendaciones de carácter general.

Tabla de instalaciones y requisitos

De Carácter General

Todas las instalaciones cumplirán la normativa vigente en la materia que por su ámbito territorial corresponda, que será acreditada mediante la obtención de la preceptiva autorización o comunicación.

Tabla de requisitos específicos de las instalaciones.

Instalaciones Requisitos específicos
Instalación eléctrica

A partir de 100 plazas se contará con grupo electrógeno, que suministrará electricidad a ascensores, al sistema de llamadas de urgencia, cámaras refrigeradoras y, en su caso, al sistema de climatización del edificio.

Climatización

Se garantizará una temperatura ambiente adecuada. En invierno la temperatura no será inferior a 22º C y en verano no superará los 28º C.

Ascensores

Todos los centros que tengan que salvar una planta contarán con ascensor que será siempre adaptado, incrementando su número a razón de uno por cada 60 plazas.

Mantenimiento de Instalaciones.

Todos los centros mantendrán en buen uso las instalaciones. A tal fin se registrarán, documentarán y archivarán las diversas actuaciones llevadas a cabo:

  • Comunicación o Autorización de cada instalación.

  • Contrato de mantenimiento de cada una de ellas.

  • Revisiones o inspecciones periódicas preceptivas.

  • Incidencias destacables documentadas.

  • Plan de evacuación del centro, ensayos y protocolos de actuación.

  • Tareas de mantenimiento y reposición de mobiliario y enseres.

 

Protección y seguridad

Existirá un Manual de Evacuación o Autoprotección en la entrada principal del edificio o en otra ubicación accesible al Servicio de Extinción de Incendios.

Los centros contarán con un Plan anual de formación para sus trabajadores a fin de conocer la normativa de protección y seguridad, así como el manual de autoprotección del edificio. Estos planes deberán hacer mención especial a los recorridos de evacuación y formas de autoprotección ante situaciones de riesgo, con especial consideración a las necesidades de las personas usuarias.

Así mismo los centros contarán con las áreas de servicio que a continuación se mencionan:

Tabla de áreas de servicio

Tabla de los requisitos específicos de las áreas de servicio.

Áreas de servicio Requisitos específicos
Dirección y Administración

Ubicada en uno o más despachos que permitan la custodia segura de expedientes y documentación diversa, así como atender adecuadamente a usuarios y familiares.

Aseos de uso público
  • Hasta 60 plazas se contará con al menos uno, que será adaptado.

  • A partir de 61 plazas, se requerirá uno de ellos por cada 60 plazas más.

Medios Materiales - Específicos de Centros Residencial para Personas Mayores en Situación de Dependencia

Existirá un espacio abierto exterior (patio, jardín, terraza, paseo, etc.) equipado adecuadamente para el uso y esparcimiento de los residentes, siendo posible la utilización de paseos, jardines, plazas o parques públicos o de comunidades particulares, siempre que exista imposibilidad material de disponer de los mismos, estén situados a menos de 50 metros del centro residencial y resulten fácilmente accesibles.

Tabla de Área de Servicios Generales

Tabla de requisitos específicos de área de servicios generales.

Área de servicios generales Requisitos específicos
Control Residencial

Una zona de control por centro, y por cada módulo de 60 plazas, con persona responsable al frente. Albergará el cuadro de control del sistema de llamadas del módulo.

Sala de visitas
  • Superficie mínima de 15 m2.

  • Destinada en exclusiva a las visitas realizadas a los usuarios que requieran intimidad, evitando las salas comunes y dormitorios.

Sala de estar (estancia de día)
  • 2,50 m2por persona.

  • Si existiera más de una sala la superficie mínima de cada una será de 30 metros cuadrados.

Cada usuario dispondrá de un sillón ergonómico con apoyabrazos y, en caso necesario, reposapiés. Los sofás serán como máximo biplaza.

Comedor
  • 2,00 m2 por persona.

  • Dispondrán de sillas con apoyabrazos y mesas que permitan el uso de sillas de ruedas. Si se establecen dos turnos de comida la superficie total se podrá reducir en un 30%.

  • Este espacio podrá destinarse accesoriamente a la realización de actividades de terapia ocupacional, siempre que el horario y configuración de las mismas no interfiera el uso principal

Fisioterapia y Terapia ocupacional
  • 25 m2 mínimo para cada actividad o, en su caso, en espacios diferenciados. Podrá utilizarse para estas actividades un mismo espacio, que cuente con la superficie mínima, siempre que las mismas se realicen en turnos con horarios diferenciados.

  • Contarán, en su caso, con la autorización sanitaria correspondiente.

  • Se evitará, si es posible, su ubicación en sótanos.

Ascensor camillero A partir de cien plazas.
Atención sanitaria Espacio de uso exclusivo. Contará con toma de agua, eliminación de desechos sanitarios y almacén de medicación.

Tabla área residencial

Tabla con requisitos específicos de área residencial

Área residencial Requisitos específicos
Dormitorios Individuales
  • 0,80 metros entre elementos, accesibles y giro completo de silla de ruedas (1,50 metros) en el interior.

  • Como mínimo un 10% de la capacidad total del centro.

  • Cama articulada, en su caso colchón antiescaras, sillón ergonómico, mesilla móvil y armario de 1x2x0,55 metros (Anchura x altura x profundidad)

  • Toma de corriente, elementos auxiliares para objetos personales, punto de iluminación general y de lectura accesibles desde la cama, posibilidad de toma de TV.

  • Si no hubiera toma individual de teléfono, se garantizará el derecho a la comunicación mediante teléfono público accesible en el propio centro.

  • El sistema de cierre de las puertas debe permitir siempre su apertura desde el interior

Dormitorios dobles
  • 0,80 metros entre elementos, accesibles y giro completo silla de ruedas (1,50 metros) en el interior.

  • Camas articuladas, en su caso colchón antiescaras, sillón ergonómico, mesilla móvil, armario de 1x2x0,55 metros.

  • Toma de corriente, elementos auxiliares para objetos personales, punto de iluminación general y de lectura accesibles desde la cama; posibilidad de toma de TV.

  • Si no hubiera toma individual de teléfono, se garantizará el derecho a la comunicación mediante teléfono público accesible en el propio centro.

  • El sistema de cierre de las puertas debe permitir siempre su apertura desde el interior.

Baños en habitaciones
  • Un baño completo adaptado cada dos habitaciones dobles.

  • Todos los servicios higiénicos, aseos o baños geriátricos, serán adaptados para su uso por personas en sillas de ruedas.

  • Lavabo sin pedestal, apoyos en inodoro y 0,90 m. a un lado, ducha integrada en pavimento y suelo antideslizante que permita el giro de silla de ruedas en su interior.

Aseos de uso común
  • En las zonas de uso común se instalarán aseos suficientes diferenciados por sexos, debiendo al menos contar con dos aseos por cada módulo de 60 plazas.

  • Todos los servicios higiénicos, sean aseos o baños completos, serán adaptados para su uso por personas en sillas de ruedas.

Ayudas técnicas
  • Grúas: Una cada 30 usuarios y, al menos una por centro

  • Silla de baño: Una, como mínimo, por cada 10 usuarios.

  • Las necesarias para el aseo y movilización del usuario gran dependiente

Última actualización: 25/03/2024

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