Cláusula suelo

Juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y no excluyente, para conocer de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física

Última actualización: 01/07/2025

El Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, determinó atribuir en Aragón, la competencia provincial para conocer de estas demandas a los siguientes Juzgados: 1ª Instancia e Instrucción nº 5 de Huesca; 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Teruel y 1ª Instancia nº 12 de Zaragoza. Está medida entró en vigor el pasado día 1 de Junio de 2017, nombrándose los refuerzos de personal del Gobierno de Aragón al servicio de la Administración de Justicia para su efectivo funcionamiento.


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