Cláusula suelo
Juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y no excluyente, para conocer de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física
El Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, determinó atribuir en Aragón, la competencia provincial para conocer de estas demandas a los siguientes Juzgados: 1ª Instancia e Instrucción nº 5 de Huesca; 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Teruel y 1ª Instancia nº 12 de Zaragoza. Está medida entró en vigor el pasado día 1 de Junio de 2017, nombrándose los refuerzos de personal del Gobierno de Aragón al servicio de la Administración de Justicia para su efectivo funcionamiento.
Última actualización: 13/06/2024
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