Bono Social Térmico en Aragón

Bono Social Térmico en Aragón ejercicio 2021, pensado para todos aquellos consumidores que ya son beneficiarios del Bono Social Eléctrico.

IMPORTES BONO SOCIAL TÉRMICO (€)
BST 2023 
ZONA CLIMÁTICA  VULNERABLE VULNERABLE SEVERO
C 135,65 217,04
D 214,57 343,31
E 258,68 413,88

 

Introducción

El Bono Social Térmico es un programa de ayudas para compensar los gastos térmicos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción y el agua caliente o cocina.

La ayuda está otorgada con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Según sentencia del Tribunal Constitucional ha quedado anulada parcialmente la regulación del mismo por lo que se esta a la espera de su regulación para este ejercicio.

Pleno. Sentencia 134/2020, de 23 de septiembre de 2020. Recurso de inconstitucionalidad 4178-2019. Interpuesto por el Gobierno Vasco en relación con diversos preceptos del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

¿Quién puede solicitarlo?

No es preciso solicitarlo porque en cada ejercicio son beneficiarios del Bono Social Térmico aquellos consumidores que sean beneficiarios del Bono Social de Electricidad a 31 de diciembre del año anterior.

¿A cuánto dinero ascienden las ayudas?

El importe que corresponde a cada beneficiario varía cada año y depende de las disponibilidades presupuestarias del Ministerio, de la zona climática de la vivienda (C, D, E) y del grado de vulnerabilidad del beneficiario (vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión). Los importes, que suelen conocerse a finales de cada año, se pueden consultar en el siguiente enlace:

Durante el mes de julio de 2022 se va a remitir a cada beneficiario un correo postal con un código para que pueda conocer su zona climática y su grado de vulnerabilidad en la pestaña CONSULTA de la siguiente dirección. :  https://aplicaciones.aragon.es/bst

Requisitos y observaciones

  • Ser beneficiario del Bono Social de Electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.
  • No comunicar la renuncia a la ayuda concedida.

Observaciones.- La ayuda por beneficiario se abonará en un pago único anual, en su cuenta corriente en la que tienen domiciliada la factura eléctrica, y la cuantía de la misma depende de su grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.

Previamente a la transferencia de la ayuda, se le notificará la misma para que pueda renunciar a ella, o modificar su cuenta corriente de pago.

Si no renuncia a la ayuda, se transferirá el importe concedido a dicha cuenta sin necesidad de ninguna actuación por su parte.

Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad y con la percepción del Bono Social de Electricidad.

La ayuda está otorgada con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el importe que corresponde a cada beneficiario se determina por parte de ese Ministerio para cada anualidad.

¿Qué documentación necesito?

Su número de DNI y la clave de acceso que ha recibido por carta.

Lugar y forma de presentación

Los trámites para descargar la notificación, renunciar al bono o modificar el número de cuenta se llevarán a cabo con el código que ha recibido mediante correo postal a través de la siguiente dirección:  https://aplicaciones.aragon.es/bst

Si no se efectúa este trámite a través de la página web, recibirá una notificación con la documentación correspondiente para realizar los citados trámites.

Canales de información:

Correo electrónico: bst@aragon.es

Teléfono : 976 716 500

Última actualización: 28/05/2024

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