Aclaración sobre los criterios en la gestión de comisiones de servicio

Circular de la Dirección General de Administración Local por la que se da publicidad de los criterios a ponderar para la concesión de comisiones de servicio.

Última actualización: 13/04/2026

Desde Administración Local se publica una nota aclaratoria que da publicidad al procedimiento y a los criterios que se tienen en cuenta para el otorgamiento de comisiones de servicio al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de primer destino o asimilados.

En ella se explica cómo se valoran las solicitudes, especialmente cuando afectan a municipios considerados de “difícil cobertura”, es decir, aquellos donde resulta más difícil encontrar personal funcionario disponible. Además, se aclara que estos criterios buscan favorecer que el personal que trabaja en grandes ciudades —donde resulta más sencillo sustituirlo— pueda trasladarse voluntariamente a municipios pequeños o con menos disponibilidad de personal. Con ello se mejora la distribución de funcionarios en todo el territorio y se asegura que los servicios públicos estén atendidos también en las zonas donde es más complicado cubrir las plazas.

Descargar la nota aclaratoria (PDF, 400 KB)

La presente circular se emite en virtud de las competencias atribuidas a las Comunidades Autónomas en el artículo 92 bis, apartado séptimo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, respecto al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, desarrollado por el artículo 51 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de estos funcionarios. 

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