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Gestión de dependencia y discapacidad - Dependencia

N°732

Inicie la solicitud si considera que tiene falta de autonomía para vestirse, comer y beber, asearse, desplazarse dentro o fuera del hogar y necesita una persona que le apoye una o varias veces al día para desarrollar estas tareas o en la toma de decisiones. En estos supuestos puede que se encuentre en algún grado de dependencia.

Pasos a seguir:

1. Cita con la trabajadora social:

- Si reside en Zaragoza ciudad, llame a la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, teléfono 976 701 705

- Si reside en otro municipio de Aragón, llame al Centro Comarcal o Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde reside. Los teléfonos están disponibles en el apartado Documentos y enlaces de interés.

2. Entrevista donde le orientarán de las prestaciones más idóneas para usted y elaborarán la solicitud. Es muy importante que ese día lleve toda la documentación que le digan. La resolución será más rápida.

3. Valoración: recibirá una llamada del IASS para concretar fecha y hora de la valoración. Se realizará en su domicilio habitual donde usted esté residiendo.

4. Dependencia y prestaciones: sin necesidad de realizar ningún otro trámite recibirá en su domicilio el documento que le acredita como persona en situación de dependencia, el grado obtenido y los servicios y prestaciones económicas que se le reconoce.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • La persona en situación de dependencia
  • El padre o la madre en el caso de menores de edad
  • El tutor y guardador de hecho en el caso de las personas incapacitadas legalmente

Requisitos

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos
  • Para las personas menores de 3 años se estará a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Además deberá haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Para las personas menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
  • Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, o norma que la sustituya, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para las personas menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en la legislación reguladora de los derechos del menor, tanto estatal como autonómica, así como en los tratados internacionales.
  • Las personas emigrantes retornadas podrán acceder a las prestaciones asistenciales con igual contenido y extensión que las prestaciones reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, aun cuando no cumplan el requisito de los periodos de residencia en territorio español contemplados en el apartado 1.c).

Documentación

Presentar en todos los casos:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad o representación

  • Acreditación de residencia

  • Capacidad económica de la persona solicitante

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Presencial

Para presentar la solicitud es necesario pedir cita previa.

Llame al Centro Comarcal o Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde reside.

Si reside en Zaragoza ciudad, llame a la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales 976701705.

Le dirán día y hora para entrevista y la documentación que tiene que llevar.

Descargar formulario

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas para presentar tu trámite.

Descargar formulario Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses. En los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia correspondientes a personas menores de tres años, el plazo máximo de Resolución será de un mes, a contar desde la recepc...

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