Autorización de operador de transporte de mercancías (OT)
N° 199
A través de este trámite, las agencias de transporte, transitarias, almacenistas-distribuidoras, operadoras logísticas o cualquier otro tipo de empresa de transportes interesada podrán solicitar la autorización necesaria para intermediar en la contratación de transportes de mercancías por carretera.
Dirigido a
- Personas que ejerzan actividades de agencia de transporte de mercancías, transitario o almacenista-distribuidor.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica
-
Cumplimiento del requisito de capacidad financiera:
- La empresa debe disponer, al menos, de un capital y reservas por un importe mínimo de 60.000 euros
-
Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal:
- Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios, epígrafe correspondiente a Agencias de transporte, transitarios (756.1)
- No tener deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo
-
Cumplir con las obligaciones laborales y sociales:
- Alta en la Seguridad Social (SS) en el régimen que corresponda y estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la SS
- Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes
- No tener sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes e impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa
- Cumplimiento del requisito de establecimiento (apartados 1 y 3 del art.110 ROTT)
-
Cumplimiento del requisito de competencia profesional (art. 111 a 114 ROTT):
- Estar en posesión del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte por carretera de viajeros o mercancías.
- Acreditar que cuenta con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte y cumple las siguientes condiciones:
- Dirigir efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa. Las funciones se hayan reguladas en las letras a, b, c, d y e del art. 112 ROTT
- Tener un vínculo real con la empresa (art. 113 ROTT):
- Titular persona física. Podrá ser el gestor de transporte de la empresa, debiendo resultar acreditado que se encuentra en situación de alta en el régimen de la SS que corresponda. En caso contrario, el gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la SS a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1, 2, 3).
- Titular persona jurídica. Su gestor de transporte podrá ser cualquiera de las personas físicas que la integren, siempre que resulte acreditado que su participación en el capital social es igual o superior al 15% y se encuentra en situación de alta en el régimen de la SS que corresponda. En cualquier otro caso, el gestor de transporte deberá estar dado de alta por la empresa titular de la autorización en el Régimen General de la SS a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2, 3)
- Cumplir el requisito de honorabilidad en los términos señalados en el art. 45 LOTT y 115 a 120 ROTT.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación de los requisitos
Acreditación de los requisitos de la vinculación del titular de la competencia profesional
Declaración de establecimiento
Pago de la Tasa 05, Tarifa 01
Justificante de haber ingresado la tasa 05, tarifa 01.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si el titular de la autorización es una persona física:
Libro de familia escritura pública o documentación
En caso de que el gestor propuesto sea cónyuge del titular de la autorización o guarde con el mismo una relación familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción, de acuerdo con las normas aplicables a la materia, deberá acreditarlo mediante el libro de familia, escritura pública o documentación tributaria o administrativa donde conste el parentesco. En este caso, la Subdirección Provincial consultará su alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda
Si el titular de la autorización es una persona jurídica:
Acreditación participación del gestor
Si el gestor propuesto no está dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller (grupos 1, 2 o 3), la empresa deberá acreditar la participación del gestor en, como mínimo, un 15% del capital social de la empresa.
En este caso, la Subdirección Provincial consultará su alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Si el gestor de transporte quiere ejercer como tal en varias empresas al mismo tiempo:
Acreditación de disponer más del 50% de la empresa
Será necesario presentar un documento que acredite que un mismo titular dispone de más del 50% del capital de cada empresa.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCertificado de competencia profesional para el transporte
Acreditación del requisito de competencia profesional para el transporte de viajeros o mercancías por carretera.
Acreditación de los requisitos del gestor
Se comprobará en el registro de la Seguridad Social, si el gestor propuesto cumple con los criterios de vinculación necesarios.
Acreditación del requisito de capacidad financiera
Consulta datos obrantes en el Registro Mercantil o, en su caso, en el Registro Público Concursal.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
No estarán obligados a obtener dicha autorización para intermediar en la contratación de transporte de mercancías:
- Los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías que hubiesen acreditado para su obtención disponer de un capital y reservas por un importe igual o superior a 60.000 euros.
- Los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías que se limiten a intermediar en la contratación de otros transportistas para atender demandas de porte que excedan coyunturalmente de su propia capacidad de transporte, siempre que el número de vehículos ajenos utilizados como consecuencia de esa intermediación no supere en ningún momento al de su propia capacidad de transporte medida en número de vehículos.
- Las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización, en tanto que su intermediación se limite a la comercialización de los transportes prestados por aquellos de sus socios que sean titulares de autorización de transporte de mercancías."
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca. 974293347 / Teruel. 978641455 / Zaragoza. 976715118
- Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es / Teruel. transportesteruel@aragon.es / Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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