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Subtipología INAGA 27C. Reducción de cotos de caza

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Caza
  • Evaluaciones, informes y autorizaciones ambientales

Trámite de reducción de cotos de caza municipales, deportivos y privados y explotaciones intensivas de caza en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 27C. (Procedimiento 344). Reducción de cotos de caza

(INAGA). Tipología 27 - Constitución y modificación de cotos de caza

(Trámites)Procedimiento INAGA 27C- Reducción de cotos de caza

Información específica del procedimiento administrativo

La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Constitución y modificación de cotos de caza.

Denominación

Reducción de cotos de caza y explotaciones intensivas de caza.

Descripción

El artículo 18.5 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón (BOA número 58, de 25/03/2015) indica que la modificación por reducción posterior de la superficie de un coto, ya constituido, se sujetará a la previa autorización del INAGA y podrá suponer la adecuación de las determinaciones del plan técnico a la nueva superficie.

En caso de exclusión de fincas, la modificación de superficie de un coto de caza puede ser solicitada por el propietario o por el titular de los derechos cinegéticos de las mismas.

Los requisitos para la modificación de un coto de caza, por reducción del mismo, dependen de: 

  • La superficie:

    • Para la exclusión de fincas es necesario un mínimo de 5 ha. continuas, ya sea una sola finca o varias fincas agrupadas de distintos propietarios.

  • Los derechos cinegéticos:

    • En las reducciones de superficie a instancia de persona distinta al titular del acotado, debe acreditar que es titular de los derechos cinegéticos bien como propietario o bien como cesionario.

Preguntas frecuentes sobre cotos de caza

Requisitos de los solicitantes

Ser titular de los derechos cinegéticos de las parcelas a excluir en el coto de caza.

Tasas

Tasa 26 por servicios de gestión de los cotos

La Comunidad Autónoma de Aragón establece la obligatoriedad de abonar una tasa en la tramitación de reducciones de cotos de caza no promovidas por los propios titulares de sus respectivos cotos. 

La tasa se actualiza en el ejercicio siguiente.

En el momento actual dicha tasa es de 182,52 euros por expediente y coto.

Observaciones

En caso de que la superficie afecte a un número indeterminado de propietarios, la tramitación del procedimiento incluye un período de información pública de un mes con exposición en el tablón de los Ayuntamientos afectados y publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Aragón. En otro caso se concede audiencia a los interesados por un periodo de 10 o 15 días según el caso.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo: 6 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 27.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Con carácter general:

    • Anexo I. Acreditación de la titularidad del solicitante sobre los derechos cinegéticos de la superficie afectada (se justificará documentalmente), excepto que se trate de una solicitud de exclusión a instancia del titular del acotado.

    • Fichero normalizado con plano de delimitación de la reducción (formato digital georreferenciado. UTM Huso 30. ETRS89) o listado de parcelas catastrales en formato digital, donde se fijen claramente los límites del terreno que se pretende excluir.

    • Previsión o proyecto de modificación del Plan Técnico de Caza por reducción de la superficie, cuando la modificación afecte de forma significativa al acotado.

  • Además, según el tipo de coto:

    • Cotos deportivos:

      • Certificado del acuerdo del órgano con capacidad para acordar la reducción, conforme a la normativa que le sea de aplicación.

    • Cotos municipales:

      • Certificado del Acuerdo Municipal del Pleno para la solicitud de reducción del coto municipal de caza, conforme a la normativa que le sea de aplicación.

    • Cotos promovidos por la Federación Aragonesa de Caza:

      • Certificado del acuerdo federativo

    • Personas físicas o jurídicas privadas:

      • Fotocopia de NIF / CIF 

      • Poderes que acrediten representación

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Reducción de cotos de caza en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 27C tramitados en INAGA (xlsx 31kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del Tiempo de Tramitación de Expedientes de la subtipología 27C en INAGA (xlsx 25kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 27C en INAGA (xlsx 42kb)

A través del visor INAGAGEO puede consultar la cartografía oficial y actualizada de cotos de caza de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Acceda a los Visores GIS de Cartografía de Terrenos Cinegéticos (cotos de caza) (histórico, temático y de siniestralidad).

A través de la aplicación INACOTOS puede consultar los terrenos cinegéticos de Aragón, así como acceder a información, en vigor, sobre los Planes anuales de caza y los Planes extraordinarios autorizados por INAGA.

A través de la aplicación INACAZ puede consultar los resultados de caza de la temporada anterior para las distintas especies cinegéticas, clasificados por términos municipales, comarcas, provincias o para el conjunto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Última actualización: 04/08/2023

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