Seguridad industrial. Mantenimiento, revisiones e inspecciones de grúas móviles autopropulsadas

  • Servicio de Metrología, Seguridad y Calidad Industrial
  • Seguridad industrial
  • Industria
  • Industria, energía y minería

Normativas y requisitos aplicables.

Mantenimiento y revisiones

  • Norma de aplicación: las grúas y sus accesorios serán revisadas de acuerdo con lo establecido por el fabricante de la grúa móvil o de los conjuntos incorporados a esta, en los manuales específicos para revisión y mantenimiento, cumpliendo lo establecido en el capítulo 5 de la norma UNE 58508 “Instrucciones de servicio para manejo y entretenimiento de grúas móviles.”
  • Quien puede realizarlas: empresas conservadoras habilitadas.
  • Frecuencia: mínimo cada 6 meses y deberá quedar reflejado el resultado de la revisión en el libro historial de la grúa. 

Inspecciones oficiales

  • Norma de aplicación: se deberán controlar los conceptos que figuran en el anexo IV “Ficha de inspecciones oficiales” de la ITC MIE-AEM-4, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
  • Quien puede realizarlas: Organismo de Control.
  • Frecuencia: en función de la antigüedad. La fecha de inicio será la fecha de la declaración «CE» de conformidad o de fabricación que figure en la declaración de adecuación, en su caso. 
    • antigüedad ≤ 6 años: 3 años
    • 6 < antigüedad ≤ 10 años: 2 años
    • 10 años < antigüedad o que no se acredite la fecha de fabricación: 1 año.
  • Trámite: Una vez realizada la inspección, el Organismo de Control la comunicará al Servicio Provincial competente en materia de seguridad industrial, donde esté inscrita.

Última actualización: 02/03/2023

¿Te ha resultado útil esta página?

Me ha sido útil

Ayúdanos a mejorar la página del Gobierno de Aragón

Enviar Enviar mensaje Enviar sin comentario Enviar valoración sin mensaje

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web