El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Tasa fiscal sobre el juego - Máquinas recreativas con premio o de azar

N°2036

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación de la tasa fiscal sobre juego relativa a aparatos automáticos o máquinas recreativas con premio y de azar.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes
  • Empresas autorizadas en Aragón para la explotación y gestión de máquinas recreativas con premio o de azar dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Requisitos

  • La tasa se devengará, con carácter general, por la autorización y, en su defecto, por la organización o celebración del juego
  • Se tributará en la Comunidad Autónoma de Aragón siempre y cuando la organización o celebración de juegos de suerte, envite o azar, incluyendo las apuestas celebradas en casinos de juego, el bingo, los juegos mediante máquinas o aparatos automáticos y los juegos mediante boletos se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma

Información adicional

  • La cuota a pagar se determina en función de la clasificación de las máquinas recogida en el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar: Máquinas tipo "B" o recreativas con premio // Máquinas tipo "C" o de azar.
  • La tasa se exige anualmente y se devenga el 1 de enero de cada año.
  • Si el alta de la máquina se realiza después del 30 de junio entonces sólo se pagará el 50% de la tasa anual.
  • El ingreso de la tasa se realiza en dos pagos fraccionados semestrales e iguales entre los días 1 y 20 de los meses de junio y diciembre.

    Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Presencial

Las autoliquidaciones (modelos 055 ó 056) deberán presentarse en la oficina tributaria competente en función del ámbito territorial en que se produzca el devengo de la tasa fiscal.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. Zaragoza 976 715 209
  • Correo electrónico. información tributos@aragon.es
  • Teléfono. Huesca 974 293 166
  • Teléfono. Teruel 978 641 049
  • Presencial. Zaragoza C/ Joaquín Costa, 18 (Solictar cita previa)
  • Presencial. Huesca C/Ricardo del Arco,6 (Solicitar cita previa)
  • Presencial. Teruel c/ San Vicente de Paúl,1 (Solicitar cita previa)
  • Otros canales. Horario oficina y teléfono de lunes a viernes de 9.00h a 14.00h

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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