Gestión de la cesión de derechos de pago básico de la PAC - Cesión de derechos de pago básico. Comunicación de cesión de derechos por herencia real (PAC)
N°1147
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que transfieran o cedan derechos del pago básico de la Política Agraria Común (PAC) podrán comunicar la cesión definitiva por derecho de herencia o usufructo.
El régimen de pago básico es el sistema de ayudas a la renta de las personas agricultoras independiente de la producción.
(Tipo de cesión HE)
Dirigido a
- Personas físicas y jurídicas
- Agricultores activos, titulares de derechos definitivos de pago básico que hayan realizado cesiones de derechos
Requisitos
- Las cesiones de derechos estarán sujetas a las exigencias y condiciones previstas en el artículo 28 del Real Decreto 1076/2014.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Libro de familia del fallecido
Certificado de defunción
Modelo reparto herederos
Descargar modelo Modelo reparto herederosSolicitud Conjunta PAC
Presentación en línea
En caso de usufructo.
Documentación a presentar en las cesiones de derechos
Descargar modelo Documentación a presentar en las cesiones de derechosLibro de familia del fallecido
Copia de escritura pública de aceptación de herencia
En caso de herencia el cesionario lo deberá acompañar. O en su defecto la siguiente documentación:
Certificado de últimas voluntades
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Testamento o escritura pública de declaración de herederos
Certificado de defunción
En caso de usufructo.
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas directas por superficie (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 689
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Normativa
Orden AGM/177/2021, de 24 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la "Solicitud Conjunta" de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2022.
Real Decreto 1156/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/02/2022 al 31/05/2022
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses desde la comunicación
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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