Gestión de la cesión de derechos de pago básico de la PAC - Cesión de derechos de pago básico. Comunicación de cesión de derechos por escisión (PAC)
N°1151
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que transfieran o cedan derechos del pago básico de la Política Agraria Común (PAC) podrán comunicar la cesión definitiva de derechos por escisión.
Se consideran dentro de este tipo de transmisión las escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas, incluidas aquellas debidas a escisiones parciales con continuación de la sociedad original.
El régimen de pago básico es el sistema de ayudas a la renta de las personas agricultoras independiente de la producción.
(Tipo de cesión ES)
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas.
- Agricultores activos, titulares de derechos definitivos de pago básico que hayan realizado cesiones de derechos.
Requisitos
- Las cesiones de derechos estarán sujetas a las exigencias y condiciones previstas en el artículo 28 del Real Decreto 1076/2014.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud Conjunta PAC
Presentación en linea
Anexo. Documentación a presentar en las cesiones de derechos
Descargar modelo Anexo. Documentación a presentar en las cesiones de derechos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de personas jurídicas deberá aportarse además:
CIF de la personas jurídicas o asimiladas
Relación de los socios de la sociedad
Escritura pública o documento acreditativo de constitución
Documento que acredite al representante
De la persona jurídica que se escinde.
Acuerdo del órgano rector de la sociedad
De la escisión y del número de derechos que se escinden.
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas directas por superficie (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 689
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Normativa
Orden AGM/177/2022, de 24 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la "Solicitud Conjunta" de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2022
Real Decreto 1156/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/02/2022 al 31/05/2022
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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