Escolarización de alumnado en centros docentes públicos y privados concertados. Curso 2023/2024 - Primer ciclo de Educación Infantil (0 a 2 años)
N°9667
Trámite para solicitar plaza por primera vez en las Escuelas de Educación Infantil del Gobierno de Aragón. La solicitud se ha de presentar por los progenitores o tutores legales.
Dirigido a
- Familias con menores de 0 a 2 años.
Requisitos
- Requisitos obligatorios para el acceso a la enseñanza.
- Requisitos opcionales que permiten baremar la solicitud cuando en un centro se presentan más solicitudes que vacantes para una misma enseñanza y curso.
-
Para el acceso al primer ciclo de Educación Infantil se ha de cumplir el requisito de edad en el año 2023:
- Nacidos antes del 1 de julio.
- Que cumplan 1 o 2 años.
- En determinados casos, niños y niñas prematuros que cumplan 3 años.
- No nacidos en el momento de publicación de la convocatoria para los que esté previsto su nacimiento antes del 1 de julio.
-
Si la familia solicita una plaza reservada para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) se ha de cumplir alguno de estos requisitos:
- Disponer de certificado de reconocimiento de grado de discapacidad del menor, igual o superior al 33%.
- Resolución de la dirección del Servicio Provincial correspondiente que reconozca la condición de alumno o alumna con necesidad específica de apoyo educativo.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Requisito de edad:
Certificado de nacimiento o libro de familia
Requisito de edad cuando el menor está en proceso de adopción:
Documento de acreditación de adopción
Emitido por las Subdirecciones de Protección a la Infancia y Tutela del Instituto Aragonés de Servicios Sociales en el que se haga constar la fecha de nacimiento del menor.
Menores prematuros:
Certificado médico de especialista
En el que se haga constar la condición de prematuridad.
Menores no nacidos en el momento de solicitar la plaza:
Certificado médico de especialista cualificado
En el que se haga constar las semanas de gestación y la fecha probable de parto.
Documentación a presentar para baremar los requisitos opcionales indicados en la solicitud:
Miembros que trabajan en la unidad familiar:
Documento en el que conste que está en activo
Solo se ha de presentar cuando se está dado de alta en un régimen diferente al general de la Seguridad Social.
Anexo II de la convocatoria y documento que reconozca baja o excedencia
Se ha de presentar siempre en los casos de baja o excedencia con independencia de dónde se esté dado de alta, en Seguridad Social u otros. Además, si se obtiene plaza, será necesario presentar en el centro un documento emitido por la empresa o centro de trabajo que acredite la fecha efectiva de incorporación.
Descargar modelo Anexo II de la convocatoria y documento que reconozca baja o excedenciaResolución o carné oficial de familia monoparental
Se ha de presentar cuando el menor forma parte de una familia monoparental. Ha de estar emitido por el organismo competente en materia de familias del Gobierno de Aragón.
Resolución de adjudicación de beca y certificado de actividad
Para titulados universitarios que sean beneficiarios de una beca concedida por una Administración Pública. Habrán de ser emitidos por el centro donde se desarrolla la actividad.
Resolución de incapacidad permanente o gran invalidez, y certificado médico
Se ha de presentar en el caso de progenitor o progenitores con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y ha de estar emitido por organismo competente. Solo se considerará la situación del progenitor de referencia. El certificado médico ha de acreditar que está imposibilitado para el cuidado de su hijo o hijos.
Hermanos matriculados en el centro cuando el solicitante está bajo guarda o tutela
Acreditación de situación de guarda o tutela
Documento emitido por las Subdirecciones de Protección a la Infancia y Tutela del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) en el que conste si en el centro al que se opta está escolarizado algún hijo o hija de la familia acogedora o guardadora o menores que residen en el mismo centro residencial.
Hermanos matriculados en el centro cuando la familia del solicitante está formada por matrimonio con hijos no comunes:
Certificado de matrimonio y de nacimiento del menor o libro de familia
Hermanos en el centro si la familia del solicitante está formada por pareja estable no casada con hijos no comunes:
Inscripción en Registro de parejas, certificado de nacimiento o libro de familia
Certificado de Inscripción en el Registro estable de parejas no casadas de Aragón emitido por el organismo competente en materia de familias del Gobierno de Aragón, y certificado de nacimiento del menor o el libro de familia.
Documentación justificativa que has de presentar si ejerces tu derecho de oposición:
Acceso a plaza reservada a alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Reconocimiento del grado de discapacidad del solicitante
Emitido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo público equivalente.
Miembros que trabajan en la unidad familiar en régimen de Seguridad Social:
Certificado actualizado de vida laboral
Cuando la actividad se realiza por cuenta ajena. Ha de estar emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social u organismo equivalente.
Fotocopia del último recibo del pago de la cuota en concepto de autónomos.
Cuando la actividad se realice por cuenta propia.
Rentas de la unidad familiar:
Ingreso Mínimo Vital o prestación aragonesa complementaria
El documento de reconocimiento deberá estar en vigor y emitido por el organismo oficial competente.
Condición de familia monoparental:
Resolución o carné oficial de familia monoparental
Documento emitido por el organismo competente en materia de familias del Gobierno de Aragón.
Pertenencia a familia numerosa
Título o carné oficial correspondiente
Emitido por el organismo competente en materia de familias del Gobierno de Aragón.
Discapacidad reconocida del menor, alguno de sus progenitores, representantes legales o hermanos
Reconocimiento del grado de discapacidad
Emitido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) u organismo público equivalente.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de datos de discapacidad
Situación Laboral en Fecha Concreta
Histórico de Prestaciones Públicas de Incapacidad Temporal en un Periodo
Consulta de título de familia numerosa
Información adicional
En el plazo de presentación de solicitudes se puede modificar o eliminar la solicitud. La modificación implica la creación de una nueva que anula la anterior. Si se elimina se deja de participar en el proceso.
Cuando se solicita plaza para varios hijos o menores tutelados se ha de presentar una solicitud para cada uno, se tramita y resuelve individualmente salvo que se realice sorteo, en este caso, concurrirán conjuntamente como una única solicitud.
La Administración Educativa realiza las consultas necesarias para comprobar el cumplimiento de algunos requisitos obligatorios y opcionales salvo que el solicitante ejerza su derecho de oposición, en este caso es necesario presentar documentación justificativa. Todos los documentos que se presenten han de estar vigentes.
Para verificar el cumplimiento de los requisitos opcionales de hermanos matriculados en el centro, salvo las excepciones que se indican en el apartado de "Documentos en poder del Solicitante", y de progenitores o tutores legales que trabajan en el centro, la Administración Educativa los comprueba de oficio por lo que no es necesario presentar ninguna documentación.
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Dirección General de Planificación y Equidad centroseducativosaragon@aragon.es
- Página web. Departamento de Educación, Cultura y Deporte
- Página web. Gobierno de Aragón
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EQUIDAD*
Normativa
Resolución de 31 de marzo de 2023 de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se convoca el procedimiento de admisión para el curso 2023-2024 en las Escuelas de Educación Infantil del Gobierno de Aragón y se establecen las cuotas del servicio de comedor y otros servicios.
Orden ECD/683/2022, de 19 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo, por la que se regula la admisión, organización y permanencia de alum nos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden ECD/117/2020, de 14 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo, por la que se regula la admisión, organización y permanencia de alumnos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo, por la que se regula la admisión, organización y permanencia de alumnos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Decreto 51/2021, de 7 de abril, por el que se regula la escolarización del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y en CEIP, CPI y CRA que imparten el tercer curso de las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 38/2022, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 51/2021, de 7 de abril, del Gobierno de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 10/05/2023 al 16/05/2023
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Este trámite se resuelve con la publicación en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de las listas definitivas de alumnado admitido, no admitido y excluido en la fecha establ...
Este trámite se resuelve con la publicación en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de las listas definitivas de alumnado admitido, no admitido y excluido en la fecha establecida en el calendario del proceso. Y la adjudicación de vacantes al alumnado no admitido en el centro elegido en primera opción, por los Servicios Provinciales de Educación.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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