Declaración responsable restaurantes y cafetería
N°80
A través de este trámite, las empresas titulares de restaurantes y cafeterías que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para la apertura y clasificación de sus establecimientos.
Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.
Dirigido a
- Empresas titulares de Restaurantes y Cafeterías
Requisitos
- Cualquier establecimiento público que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración disponibilidad de documentación
Disponibilidad de planos del local a escala 1:100 o similar, firmado por el titular o técnico competente, que incluya superficies, distribución, puertas de acceso y evacuación como mínimo.
Certificación del Ayuntamiento
Que acredite que el establecimiento se encuentra conectado a la red pública de agua y al vertido municipal. En caso contrario deberá aportarse certificado de Sanidad sobre potabilidad del agua y evacuación de residuales.
Certificado de técnico competente
Relativo al cumplimiento de la normativa vigente contra incendios.
Declaración responsable cumplimiento requisitos
En caso de modificación, declaración responsable del cumplimiento de los requisitos justificativos de la modificación, artículo 15 Decreto 81/1999,modificado por Decreto 247/2008.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
El solicitante puede oponerse a que la administración consulte esta información. En tal caso deberá aportar los documentos correspondientes que acrediten esa información en el momento de hacer la solicitud.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos.
Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.
Posibilidad de conciliación y subsanación previa a la incoación del procedimiento sancionador.
Competencia de la Dirección Generla de Turismo sólo para la Comarca de Zaragoza.
Resto territorio Información, tramitación y resolución Comarcal.
Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a 3 meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:
- Inscribir el acto o hecho comunicado en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.
- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.
- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 838
- Correo electrónico. dgturismo@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón ,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón
- Decreto 247/2008, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de adaptación de diversos procedimientos administrativos competencia del Dpto. de Industria, Comercio y Turismo, al Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón
- Decreto 81/1999, de 8 de junio, por el que se establecen normas sobre la ordenación de bares, restaurantes y cafeterías y establecimientos con música, espectáculo y baile
- Orden, de 11 de febrero, del Consejero de Economía y Empleo, de 2014, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos y trámites en materia de turismo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Sin fecha de vencimiento
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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