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Gestión de autorizaciones para rifas y sorteos y comunicación de combinaciones aleatorias - Autorización de rifas y tómbolas

N°1045

A través de este trámite, las personas interesadas podrán solicitar la autorización necesaria para realizar rifas o tómbolas en Aragón.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Las personas físicas o jurídicas que deseen realizar rifas y tómbolas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Cualquier persona interesada en realizar rifas o tómbolas

Pago de tasas

Tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego. Modelo 519.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Declaración responsable

    Declaración responsable de mantener el cumplimiento de todos los extremos señalados en la solicitud durante el tiempo de celebración de la rifa o tómbola.

  • Declaración de la persona física o jurídica organizadora del sorteo

    Declaración de la persona física o jurídica organizadora del sorteo de que se constituye como única garante de la disponibilidad del premio y como único obligado a la entrega del mismo.

  • Declaración emitida por el responsable de la imprenta

    Declaración emitida por el responsable de la imprenta de los boletos que se van a emitir.

  • Bases de la rifa o tómbola

    Las bases a las que se ha de ajustar la realización de la rifa o tómbola solicitada, con el contenido que consta en el formulario.

  • Justificante del pago de la tasa administrativa

    Tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego. Modelo 519

  • Justificante del pago de la tasa fiscal

    Tasa fiscal relativa a rifas y tombolas

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Pago de tasas

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

    Documento que acredite la identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante.

  • Acreditación de estar al corriente de pago con Comunidad Autónoma de Aragón

    Justificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

    Justificante de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  • Datos obligaciones con la Seguridad Social

    Justificante de estar al corriente de pagos con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

No están sujetas a autorización, a excepción de los locales de juego, las rifas y tómbolas en las que el valor total de los premios ofrecidos no exceda de 2.000 euros.

Ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación fiscal.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

1 mes

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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