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Gestión de máquinas de juego - Autorización de explotación

N°1028

A través de este trámite, las empresas operadoras podrán solicitar la autorización necesaria para la explotación de máquinas recreativas en Aragón.

Plazo de presentación

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Iniciar trámite

Dirigido a

  • Las empresas operadoras que deseen explotar máquinas recreativas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Estar inscrito como empresa operadora del tipo que proceda en la Sección IV del Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Que el modelo de la máquina que se pretende explotar se encuentre previamente homologado.
  • En la autorización de explotación se consignarán, junto con los datos contenidos en el certificado de fabricación, la diligencia del órgano competente, con los siguientes datos:
    • Nombre de la empresa operadora titular, su Código de Identificación Fiscal o documento equivalente emitido por un Estado miembro de la Unión Europea y número de inscripción en el Registro General del Juego.
    • Número de autorización de explotación de la máquina que será correlativo.
    • Fecha de la autorización y plazo de validez.
    • Número del modelo del Registro General del Juego.
    • Nombre del modelo, serie y número del contador.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Autorización de explotación

    Se acompañará el documento normalizado que figura en el Anexo I del Reglamento de Máquinas de Juego.

  • Certificado del fabricante o importador de la máquina de juego

  • Comunicación emplazamiento

    Ejemplares de comunicación de emplazamiento debidamente cumplimentados.

  • Autorización de instalación

    Ejemplares de autorización de instalación y emplazamiento (si procede).

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Tasas administrativas

  • Justificante de ingreso de los tributos sobre el juego

    Que grava las máquinas de tipo B y las máquinas de tipo C, salvo en el procedimiento de canje fiscal.

  • Justificante de ingreso de la tasa

    Tasa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego (modelo 519).

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

En el caso de máquinas de tipo B y C, su vigencia será de cinco años, a partir del 31 de diciembre del año de su otorgamiento, manteniéndose su vigencia aunque las mismas sean objeto de transmisión. Podrá ser renovada por períodos sucesivos de igual duración, siempre que el modelo al que corresponda cumpla los requisitos exigidos por la legislación vigente en el momento de la renovación. La solicitud de renovación deberá acompañarse de informe, emitido por la entidad, laboratorio o personal autorizado por el órgano competente en la gestión administrativa de juego, en el que acredite que el funcionamiento de la máquina se ajusta a los requisitos exigidos para su homologación y demás previstos en la normativa vigente al tiempo de la renovación. No obstante, el órgano competente en materia de juego podrá acordar, en cualquier momento, la realización de dichas inspecciones respecto a las máquinas autorizadas.

Finalizado el plazo de validez de la autorización sin que la empresa operadora haya solicitado su renovación, el órgano administrativo procederá de oficio a la baja de la máquina, debiendo aportar su titular la documentación prevista en el artículo 38 del Reglamento.

Presentación de la solicitud

Telemática

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    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
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  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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