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INAGA: Terminología específica Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas

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  • Agricultura, ganadería y medio rural

Términos referidos a diferentes documentos e informes elaborados, bien por el promotor bien por el órgano ambiental, en diferentes momentos del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas.

Terminología

La terminología que se incorpora con la Ley 11/2014, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA n. 241 de 10/12/2014) para la Evaluación Ambiental Estratégica, tanto ordinaria como simplificada es la siguiente:

Documento ambiental estratégico

Es el que presentará, junto con la solicitud correspondiente, el promotor del plan o programa presentará ante el órgano ambiental. Contendrá la siguiente información:

  • Los objetivos de la planificación.
  • El alcance y contenido del plan o programa propuesto y de sus alternativas.
  • El desarrollo previsible del plan o programa.
  • Un diagnóstico de la situación del medio ambiente antes del desarrollo del plan o programa en el ámbito territorial afectado.
  • Los efectos ambientales previsibles.
  • Los efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
  • La justificación de su sostenibilidad social.

Documento de alcance del estudio ambiental estratégico

Es el documento elaborado por el órgano ambiental tras la realización de las consultas por el que indica al promotor el resultado de las mismas y la amplitud y el grado de especificación que debe contener el estudio ambiental estratégico. Tendrá la consideración de acto de trámite no cualificado.

Estudio ambiental estratégico

Es el estudio elaborado por el promotor que, siendo parte integrante del plan o programa, identifica, describe y evalúa los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de la aplicación del plan o programa, así como unas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, incluida, entre otras, la alternativa cero, que tengan en cuenta los objetivos y el ámbito territorial de aplicación del plan o programa, con el fin de minimizar los efectos adversos sobre el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

Declaración ambiental estratégica

La declaración ambiental estratégica contendrá una exposición de los hechos que resuma los principales hitos del procedimiento, incluyendo los resultados de la información pública y de las consultas, así como de las determinaciones, medidas o condiciones finales que deban incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe o adopte por el órgano sustantivo.

Informe ambiental estratégico

Es el informe preceptivo y determinante del órgano ambiental con el que concluye la evaluación ambiental estratégica simplificada.

Última actualización: 15/01/2024

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