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Normativa reguladora de las Actividades y Escuelas de Tiempo Libre

  • Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ)
  • Juventud
  • Turismo activo y actividades al aire libre
  • Cultura, turismo, deportes y ocio
  • Servicios sociales

El artículo 71. 38.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón otorga, en exclusiva, la competencia de Juventud a la Comunidad Autónoma de Aragón. Asimismo, el artículo 71. 53.ª incluye, en materia de tiempo libre, el fomento y la regulación de las actividades de tiempo libre que se lleven a cabo en Aragón y el régimen jurídico de las entidades que tengan por finalidad el ejercicio de estas actividades.

Dibujo de una balanza en la que están sentados dos jóvenes consultando unos libros

Normativa relativa a la regulación y realización de actividades de Tiempo Libre

Esta normativa regula la realización de actividades juveniles de tiempo libre, en su modalidad de acampadas, colonias y campos de voluntariado, que se realizan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, las condiciones que deben cumplir las personas promotoras de las mismas, así como su régimen jurídico.

Además, el Instituto Aragonés de la Juventud ofrece actividades formativas de tiempo libre dirigidas a jóvenes entre 12 y 17 años en los periodos de vacaciones escolares, bajo la denominación genérica de programa “Actividades en Vacaciones".

Normativa relativa a la regulación de las Escuelas de Tiempo Libre

Esta normativa tiene por objeto la regulación de las escuelas de tiempo libre en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón en lo relativo a su reconocimiento, funcionamiento y enseñanzas que le son propias.

Última actualización: 21/08/2023

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