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Subtipología INAGA 01B / 01M. Evaluación de impacto ambiental simplificada

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Medio ambiente
  • Explotaciones ganaderas
  • Industria, energía y minería
  • Agricultura, ganadería y medio rural

Trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada de proyectos a desarrollar en la Comunidad Autónoma de Aragón, para determinar si procede su sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 01B / 01M. (Procedimiento 876). Evaluación de impacto ambiental simplificada

(INAGA). Tipología 01 - Evaluación de impacto ambiental de proyectos

(Trámites). Procedimiento INAGA 01B - Evaluación de impacto ambiental simplificada

Información específica del procedimiento administrativo

La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Evaluación de impacto ambiental de proyectos.

Denominación

Evaluación de impacto ambiental (ordinaria o simplificada).

Descripción

El objetivo de la evaluación de impacto ambiental simplificada es determinar si un proyecto debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental o no.

En caso de determinar que no es necesario, el promotor debe tramitar la correspondiente licencia de actividad clasificada.

Se someten a evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso aplicando los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, los siguientes proyectos:

  • Los comprendidos en el anexo II de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección ambiental de Aragón.

  • Los proyectos no incluidos en los anexos I ó II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a espacios protegidos de la Red Natura 2000.

  • Cualquier cambio o ampliación de los proyectos y actividades que figuran en los anexos I y II de la Ley 11/2014 ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que puedan tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.

Las consultas previas no son de aplicación en el proceso de evaluación de impacto ambiental simplificada.

La evaluación de impacto ambiental simplificada concluye con el informe de impacto ambiental, preceptivo y determinante emitido por INAGA. 

Preguntas frecuentes sobre evaluación de impacto ambiental

Requisitos de los solicitantes

  • Ser titular o promotor de un proyecto que se pretenda realizar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y que deba someterse a evaluación de impacto ambiental simplificada de acuerdo con la normativa vigente.

  • Presentar un documento ambiental del proyecto con el contenido establecido en la legislación de aplicación (artículo 37 de la Ley 11/2014).

Tasas

Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente

Tarifa 02. En los supuestos de evaluación de impacto ambiental simplificada previstos en el anexo II de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la cuota será de 425,70 euros

Esta tarifa no será de aplicación a los supuestos en los que sea aplicable la tarifa 03 de esta misma tasa (por el otorgamiento, renovación, revisión o modificación de la Autorización Ambiental Integrada).

Observaciones

El procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos viene regulado en los artículos 23 a 37 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241 de 10/12/2014), que se corresponden con el Capítulo II del Título II.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 01.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

Documento de referencia para cumplimentar los formularios de evaluación de impacto ambiental (PDF, 1,1 MB)

Documento de referencia sobre evaluación y autorización ambiental (PDF, 1,2 MB)

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) simplificada de proyectos en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

  • Atención por correo electrónico: 

  • Atención telefónica: 

    • Área II - Medio natural: 976 716 023

    • Área III - Medio ambiente industrial: 976 716 024

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipologia 01B tramitados en INAGA (xlsx 31kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del tiempo de tramitación de expedientes de la subtipología 01B en INAGA (xlsx 25kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 01B en INAGA (xlsx 44kb)

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipologia 01M tramitados en INAGA (xlsx 28kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del tiempo de tramitación de expedientes de la subtipología 01M en INAGA (xlsx 22kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 01M en INAGA (xlsx 33kb)

A través del Visor GIS INAGA de Resoluciones públicas puede visualizar la localización de resoluciones de expedientes de la Tipología INAGA 01 - Evaluación de impacto ambiental de proyectos

Última actualización: 02/08/2023

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