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INAGA. Autorizaciones en zonas ambientalmente sensibles

  • Desarrollo e iniciativas rurales
  • Protección del medio, fauna y flora
  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Autorizaciones administrativas de proyectos, usos y actividades a desarrollar en zonas ambientalmente sensibles, en la Comunidad Autónoma de Aragón, con objeto de preservar su biodiversidad.

Descripción


El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental es el órgano ambiental competente en la tramitación de procedimientos administrativos de contenido ambiental. En concreto, aquellos proyectos, actividades y usos que se encuentren sujetos a intervención administrativa en zonas ambientalmente sensibles, deberán tramitar un procedimiento de evaluación de zonas ambientalmente sensibles, conforme a lo dispuesto en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241, de 10/12/2014).

Dicho procedimiento de evaluación ambiental en zonas ambientalmente sensibles incluye el conjunto de estudios e informes técnicos que permiten estimar los efectos sobre el medio ambiente de la ejecución de los proyectos, instalaciones y actividades que tengan incidencia en una zona ambientalmente sensible. Debe tramitarse siempre que el proyecto o actividad no se encuentre sometido ni al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ni al de calificación ambiental.

La  tramitación de este procedimiento corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Por otra parte, la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad (BOE número 299, de 14/12/2007) constituye el marco jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y la restauración del patrimonio natural y la biodiversidad, por lo que en base  a ella, ciertas actividades requieren de una autorización específica para su realización.

Entre esas actividades se incluye la fotografía del quebrantahuesos, cuyo desarrollo se encuentra regulado en Aragón mediante el Decreto 45/2003, por el que se establece un régimen de protección para el Quebrantahuesos y se aprueba el plan de Recuperación (BOA número 29, de 12/03/2003).

La autorización para dicha actividad se tramita ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Tipologías de tramitación

Última actualización: 12/04/2024

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