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Regadíos en Aragón

  • Dirección General de Desarrollo Rural
  • Servicio de Infraestructuras Rurales
  • Regadío
  • Ayudas y subvenciones en el medio rural

Creación y modernización de regadíos. Subvenciones para inversiones en creación de regadíos. Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés. Regadíos sociales. Oficina del Regante. Publicaciones. Normativa.

Creación de regadíos

Desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente se desarrollan los programas de:

  • Regadíos en ejecución en zonas declaradas de interés nacional
  • Regadíos de interés social   
  • Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés (PEBEA). 

Las actuaciones en materia de regadíos se inscriben básicamente en las contempladas en el Plan Nacional de Regadíos (Boletín Oficial del Estado (BOE), de 27 de abril de 2002) (PDF, 625 KB) y en el Protocolo general entre el MARM y el Departamento de Agricultura y Alimentación para el desarrollo de actuaciones en materia de regadíos en Aragón (BOA, de 22 de febrero de 2010) (PDF, 238 KB) suscrito el 23 de diciembre de 2009.

Regadíos en zonas de interés nacional

Estas zonas se rigen por lo preceptuado en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario (BOE, de 3 de febrero de 1973)

En Aragón existen las siguientes zonas declaradas de interés nacional: Bardenas, Monegros, Canal del Cinca, Calanda-Alcañiz y Civán.

El PNR (Plan Nacional de Regadíos) contempla actuaciones en diversos sectores de todas ellas. Las obras programadas están en distintas fases de ejecución, salvo las del Cinca (sector XX-bis) y Civán, pendientes de iniciarse.

Las inversiones en esas zonas se llevan a cabo según las previsiones contenidas en los respectivos Planes Coordinados elaborados y financiados de forma compartida con la Administración del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación)

Regadíos sociales

En cuanto a regadíos de interés social, el Gobierno de Aragón reguló mediante Decreto 43/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón  (BOA, de 12 de marzo de 2003) (PDF, 72 KB) el procedimiento para su implementación.

Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés

El 17 de noviembre de 1997 las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 10/1997, de 17 de noviembre, por la que se instrumenta la aplicación del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés y se aprueban medidas para su mejor ejecución (BOA, 24 de noviembre de 1997) (PDF, 586 KB) cuyo objetivo principal es la transformación en regadío de 20.000 has en un tramo próximo al embalse de Mequinenza, mediante elevaciones del Ebro hasta la cota 280 m y con dotaciones máximas de 5.500 m3/ha para riego de cultivos fundamentalmente leñosos.

Este mismo año el Gobierno aprobó el Decreto 204/1997 de 23 de diciembre (BOA, de  26 de diciembre de 1997) (PDF, 932 KB) para desarrollarlo, norma que fue modificada por el vigente Decreto 64/2001 de 27 de marzo (BOA, de 6 de abril de 2001) (PDF, 37 KB), por el que se establece el procedimiento y condiciones para llevar a cabo las transformaciones en regadío que se ejecuten en el ámbito del PEBEA.

El Departamento ha desarrollado y subvencionado iniciativas promovidas por posibles beneficiarios que suman hasta el momento una superficie transformada próxima a las 10.000 has. La mayor parte de estas iniciativas se han realizado por la modalidad de ejecución "por la Administración".

Actualmente, la mayoría de estos regadíos se realizan a través de las empresas ACUAES (Aguas de las Cuencas de España) y ACUAMED (Aguas de las Cuencas Mediterráneas) mediante la legislación siguiente:

Finalmente y con el fin de facilitar la creación de regadíos y dados los problemas económicos presupuestarios se han publicado dos decretos que modifican  la financiación de los regadíos existentes: el Decreto 79/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón hace referencia a los regadíos sociales, regadíos en zonas de interés nacional y PEBEA y el Decreto 80/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, hace referencia a una nueva forma de financiar los regadíos realizados por la empresa ACUAES modificando el Decreto 239/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

Subvenciones para inversiones en creación de regadíos. Convocatoria 2022

En el siguiente enlace se accede a información del trámite, descargas de formularios y presentación de solicitudes de:

Subvenciones para inversiones en creación de regadíos en zonas de interés nacional, regadíos sociales y PEBEA

Convocatoria 2019 

Resolución definitiva y beneficiarios (PDF, 810 KB)

Convocatoria 2018 

Resolución definitiva y beneficiarios (PDF, 1 MB)

Modernización de regadíos

La modernización de regadíos está incluida como una submedida del Programa de desarrollo rural de Aragón 2014-2020 cuyo cuadro financiero prevé para la misma un gasto público total de 75,56 millones €, en el que participan la UE (Unión Europea) (al 53% a través del FEADER(Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) y el Ministerio (en un 19%).

Las líneas principales de actuación son:

  • Modernización integral de regadíos
  • Mejora y Adaptación de regadíos

Subvenciones 

El Gobierno de Aragón promueve y apoya las modernizaciones de regadíos que impulsan las Comunidades de Regantes, a través de una línea de ayudas cuya norma básica la constituyen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones para la modernización integral del regadío y de inversiones para la mejora y adaptación de regadíos. Se publicó una modificación de estas bases reguladoras en 2020.

Convocatoria 2020

Subvenciones para las obras de mejora y modernización de infraestructuras de regadío (procedimiento número 408)

Convocatoria 2018

Resolución definitiva y benficarios. Operación 4.3.c y 4.3.c Modernización integral y Mejora y adaptación de regadíos (PDF, 961 KB) 

Expropiaciones forzosas en regadíos

Para llevar a cabo las obras de regadíos con frecuencia es necesario la realización de expropiaciones en estas zonas, actos que se realizan al amparo de la legislación siguiente:

Trámite de inicio de un expediente de expropiación forzosa para la realización de obras de mejora de regadíos o nuevas transformaciones

Declaraciones de Interés General

El artículo 46.5 del texto refundido de la Ley de Aguas  (BOE, de 24 de julio 2001), indica que en las obras hidráulicas como son las anteriormente descritas se deberá elaborar con carácter previo un informe que justifique su viabilidad económica, técnica, social y ambiental, incluyendo un estudio específico sobre la recuperación de los costes. Dichos informes deberán ser revisados cada seis años en el caso de que las obras no se hubieran llevado a cabo. Los informes y sus revisiones periódicas se harán públicos.

Informes elaborados por el Departamento para las diferentes declaraciones de interés general en la Comunidad Autónoma de Aragón a partir de 1 de junio de 2019:

Informes elaborados por el Departamento para las declaraciones de interés general en la Comunidad Autónoma de Aragón de los expedientes correspondientes a la Orden 556/2021, de 12 de mayo por la que se convocan subvenciones en materia de inversiones para la modernización integral del regadío y de inversiones para la mejora y adaptación de regadíos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2021:

Evaluación de impacto ambiental de regadíos 

La creación y modernización de regadíos pueden ser sometidos al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria o simplificada según la Ley 11/2014 de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental 

Evaluación ordinaria

  • Proyectos de transformación en regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor de 10 ha, desarrollados en: Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Evaluación de impacto simplificada:

  • Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una superficie superior a 100 ha (que no sean de tramitación ordinaria)
  • Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha.
  • Otras instalaciones destinadas a retener el agua, no incluidas en el apartado del grupo 8 de la Ley mencionada, con capacidad de almacenamiento, nuevo o adicional, superior a 200.000 metros cúbicos.
  • Cualquier cambio o ampliación de los proyectos de los anexos I y II de la Ley 11/2014, aun los ya evaluados ambientalmente, autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, conforme a lo indicado en el punto 9.15 del Anexo II

¿Como se tramita la evaluación ambiental? 

El promotor que desee ejecutar uno de los proyectos arriba descritos (o su modificación) presentará solicitud general ante la Dirección General de Desarrollo Rural  (órgano sustantivo).

Dicha solicitud deberá venir siempre acompañada de:

  • Estudio de Impacto Ambiental reciente (de fecha inferior un año en el momento de su remisión a este órgano)
  • Anteproyecto o proyecto

Si estamos ante una personalidad jurídica la petición deberá ser siempre telemática, en caso contrario y conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, podrá optar por solicitud presencial o telemática. 

En caso de solicitud telemática, dadas las dimensiones de los documentos habitualmente enviados se deberá adjuntar por correo aparte dos CDs si no es posible a través de la página web.

En caso de solicitud presencial siempre se deberán enviar una copia en CD y dos copias en papel de los dos documentos mencionados; en caso de que la iniciativa transcurra en más de un municipio se añadirá una copia más en papel por cada nuevo término municipal.

La Dirección General de Desarrollo Rural  tramita el expediente, llevando a cabo la información pública y solicitando informes a las administraciones implicadas, quienes responderán en función de la documentación aportada por el promotor. Del mismo modo, se informará las personas interesadas para que puedan presentar alegaciones.

El resultado de dichos informes y la información pública se remitirá al promotor para su valoración  quien una vez estudiada y debidamente informada remitirá su respuesta al órgano sustantivo que, finalmente, remitirá a Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) para realizar la Evaluación de Impacto Ambiental.

Si transcurre más de un año desde la información pública hasta la remisión a INAGA se dictará la caducidad de los trámites realizados y obligará a realizar nuevamente la información pública. Del mismo modo, el estudio de impacto ambiental perderá su validez si, en el plazo de un año desde la fecha de su conclusión, no se hubiera presentado ante el órgano sustantivo para llevar a cabo los trámites que aquí se indican.

El INAGA, tras los trámites que considere necesarios remitirá Resolución de la Declaración de Impacto Ambiental (ordinaria o simplificada) al promotor directamente.

Oficina del Regante

La Oficina del Regante se creó en el año 2001 para “ofrecer asesoría sobre el manejo y gestión del riego, ahorrar agua y mejorar la gestión de las comunidades de regantes”.

Desde la empresa SARGA - Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental, la Oficina del Regante, lleva a cabo actuaciones de formación de guardas y regantes, divulgación técnica y asistencia post-proyecto.

Asimismo, a partir de los datos agroclimáticos facilitados por un conjunto de estaciones meteorológicas automáticas, distribuidas por el territorio, que forman parte de la red estatal SIAR (Sistema de Información Agroclimático para el Regadío), se elaboran algunas recomendaciones diarias de riego que pueden consultarse en la Oficina del Regante donde también se difunden noticias e información  sobre agronomía de los cultivos, manejo de sistemas de riego e instalaciones y un boletín de información al regante sobre temas de interés para los agricultores y personal técnico de las comunidades de riego.

La oficina del regante también lleva a cabo asesoramiento para el control del mejillón cebra en las diferentes comunidades de regantes afectadas por dicha plaga.

La Red SIAR "Sistema de Información del Regadío" en Aragón, dispone de 46 estaciones en uso, ubicadas en las principales zonas de regadío de la Comunidad Autónoma. 

Web SIAR (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación)

SolAqua

La Dirección General de Desarrollo Rural actualmente forma parte de un proyecto del programa Horizonte 2020, denominado SolAqua. Esta iniciativa busca promover el desarrollo de la energía solar en el riego en las diferentes comunidades de regantes. Para ello, se propone la creación de un instrumento financiero de ayuda a las comunidades. Este instrumento facilita la concesión de préstamos a bajo interés durante largos plazos de modo que el importe a pagar por las comunidades se abarata considerablemente y, del mismo modo, permite la obtención de estos préstamos a largo plazo (más de 20 años), plazos que actualmente no suelen ser otorgados por los bancos dado que les obliga a la imposición de reservas durante mucho tiempo.

Dicha iniciativa está compuesta por 11 socios, siendo uno de ellos el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a través de la Dirección General. Comenzó en octubre de 2020 y finaliza en 36 meses (octubre de 2023).

Más información sobre el programa Horizonte2020

Más información sobre SolAqua

Publicaciones

25 años de inversión pública en regadíos en Aragón: análisis y algunos resultados (PDF, 588 KB) - Artículo de Mariano Sanagustín Sanz publicado en la Revista Española de Estudios Agrosociales y Pesqueros, número 248, 2017.

Para más información

Dirección General de Desarrollo Rural

Servicio de Infraestructuras Rurales

agricultura@aragon.es

Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa y Aragón invierten en las zonas rurales

Última actualización: 18/04/2023

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